Curules para candidatos con segunda mejor votación son intransferibles: CNE

Su intención de ocupar dichos cargos se podría perder si no informan su intención 24 horas después de las elecciones.
Elecciones en Colombia
Elecciones en Colombia transcurrieron en total normalidad. Crédito: Colprensa

Los candidatos que obtuvieron la segunda mejor votación en las elecciones para las alcaldías y gobernaciones en todo el país, podrán ocupar una curul en los Concejos Municipales y Asambleas Departamentales.

Sin embargo, ese derecho podría perderse si no informan por escrito al Consejo Nacional Electoral (CNE) su intención de llegar a esos cargos, 24 horas después de haberse declarado oficialmente la elección de los mandatarios regionales.

El presidente del CNE, Hernán Penagos, dijo que ese plazo comienza a correr una vez se terminen los escrutinios en cada municipio y departamento del país.

“Una vez declarada la elección de los alcaldes y gobernadores, el candidato tiene 24 horas para decir si acepta o no su condición de concejal o diputado”, señaló.

Penagos aclaró que las curules para los segundos en votación son totalmente intransferibles y no podrán ser adjudicadas a ningún partido político en caso de que algún aspirante decida no aceptar el cargo.

Si la persona no acepta su condición de concejal o diputado, esa curul es personal, es decir, no se transfiere ni al partido, ni a quien ocupa el tercer lugar. Cuando el ciudadano no acepte, simplemente se reparten las curules conforme se distribuyen normalmente para elección de concejales y diputados en el país”, añadió.

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El candidato Carlos Fernando Galán, quien obtuvo el segundo lugar durante las elecciones a la Alcaldía de Bogotá, ya anunció que asumirá el cargo como concejal de la capital del país, para seguir trabajando en su proyecto independiente para la ciudad.

El Consejo Nacional Electoral está a la espera de que todos los aspirantes que obtuvieron la segunda mejor votación en municipios y departamentos, entreguen la carta informando si aceptarán o no unirse a las corporaciones colegiadas a las que tienen derecho.


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