Corte confirma condena a exfuncionaria de alcaldía de Gustavo Petro

Según la Sala de Casación Penal, las irregularidades se presentaron en un contrato de $11.822 millones de pesos.
Presidente Gustavo Petro
Presidente Gustavo Petro Crédito: Presidencia

La Corte Suprema de Justicia mantuvo la condena de 6 años y 8 meses de prisión contra María Gilma Gómez Sánchez, exdirectora de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial de Bogotá por delito de contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales.

Según la Sala de Casación Penal, las irregularidades se presentaron en un contrato de $11.822 millones de pesos que fue firmado durante la alcaldía de Gustavo Petro que tenía como objetivo el mantenimiento correctivo de la malla vial de Bogotá con tareas de repavimentación parcial en las vías.

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La corte resalta que este contrato debía ser tramitado como una licitación, para que se realizara el concurso de oferentes, pero la exfuncionaria camufló este acuerdo como si se tratase de un acuerdo de ciencia y tecnología, lo que permitía la selección directa de la empresa.

"De allí se deriva que la intención en este trámite consistía en evadir la licitación pública y seleccionar de manera directa como contratista a GPC sin efectuar una convocatoria", afirma la corte.

La sala resalta que el tipo de contrato con el que se adjudicó el proceso de repavimentación de vías “preponderantemente a un objeto de desarrollo científico o tecnológico propio, cuyo propósito esencial es el logro de una prestación tecnológica".

La corte señala que ese contrato no era viable bajo esa modalidad pues reconoce que la tecnología y técnica utilizada era novedosa, pero por un tema de derechos de autor, no era posible darle apariencia de un contrato de acuerdo de ciencia y tecnología.

La sala resalta que Gómez actuó con dolo debido a que tuvo la oportunidad de conocer las falencias en el proceso de contratación, además de explicar que la exdirectora fue advertida por varios de sus asesores.

"Pudo evidenciar la falta de idoneidad del proponente, así como las múltiples razones fácticas y jurídicas que impedían considerar el objeto a contratar como una transferencia tecnológica", concluye la Corte.

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Con esto, la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra la ingeniera Gómez Sánchez y revocó la inhabilidad intemporal que le había sido impuesta en las instancias anteriores.


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