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¿Consulta jurídica sobre incompatibilidades para aspirar a las alcaldías?

Los partidos temen que muchos de sus candidatos queden inhabilitados para las elecciones de octubre.

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Martes, Febrero 5, 2019 - 20:29
El voto en blanco, una de los reclamos de los electores.
El voto en blanco, una de los reclamos de los electores.
Foto: Colprensa.

No cesa la preocupación que tienen los partidos políticos por la posibilidad de que muchos de sus candidatos en todo el país puedan estar inhabilitados, en virtud de la entrada en vigencia del nuevo Código Disciplinario.

Es por esto que el presidente de la Comisión Primera del Senado, Eduardo Enríquez Maya, le envió una carta a la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez a través de la cual solicita claridad sobre las incompatibilidades que podrían tener los actuales concejales y diputados que postularon su nombre para Alcaldías y Gobernaciones.

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En la misiva, se le solicita al Gobierno elevar una consulta jurídica ante el Consejo de Estado para determinar el alcance del artículo 43 de la nueva ley sancionada por el presidente Iván Duque.

Según se entiende en el texto de esa reforma, los concejales, diputados y miembros de Juntas Administradoras Locales no podrían aspirar a cargos públicos de carácter administrativo, como una Alcaldía o Gobernación, si no renunciaron un año antes.

Si esto llegara a ser así, muchos candidatos en Bogotá y en las regiones se verían seriamente afectados.

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Para el senador Enríquez Maya, una disposición de esa naturaleza debe regir hacia futuro;: “Las incompatibilidades establecidas en el nuevo Código General Disciplinario debe aplicarse más allá de las elecciones del 27 de octubre de 2019, como lo indican los principios de legalidad y confianza legítima en las instituciones”, indica en la carta. 

Según advierte el presidente de la Comisión Primera, dicho artículo podría vulnerar lo dicho por la Corte Constitucional sobre la necesidad de establecer regímenes de transición cuando se modifican las inhabilidades para servidores públicos electos por voto popular.

Fuente:
Sistema Integrado de Información