Exgobernador Alejandro Lyons es sancionado por la Procuraduría por corrupción en salud

Según la Procuraduría, los exfuncionarios, mediante actos administrativos, ordenaron el giro de millonarias cantidades de dinero para entidades de salud.
ALEJANDRO LYONS
El exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus tiene pendiente en Colombia vrios procesos por corrupción. Crédito: Colprensa

La Procuraduría sancionó e inhabilitó por diez años al exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons, por omitir el control y la vigilancia de contratos de salud que generaron la pérdida de más de 7.000 millones de pesos.

Según el organismo, Lyons omitió vigilar las facultades delegadas en quienes fungieron como secretarios de Salud, que ocasionaron el pago de $ 7.886.574.000, por la prestación de servicios para terapias de neurodesarrollo a la población de bajos recursos.

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"Sin contar con los acuerdos de voluntades entre el ente territorial y las IPS Crecer y Sonreír S.A.S., Semillas de Amor S.A.S. y Girasoles S.A.S.", se indica en el pronunciamiento de la entidad.

En esta investigación también están involucrados los exsecretarios de Salud del departamento, Alexis José Gaines Acuña, Alfredo José Aruachán y Edwin de Jesús Preciado, quienes fueron sancionados e inhabilitados por un término de nueve años.

Según la Procuraduría, los exfuncionarios, mediante actos administrativos, ordenaron el giro de millonarias cantidades de dinero para entidades de salud con las que no se habrían establecido procesos contractuales aún.

"Mediante diez actos administrativos, ordenó durante el año 2014 se pagara aproximadamente $ 6.064.044.000, en favor de las tres instituciones prestadoras de servicios de salud mencionadas, sin que existiera un proceso contractual", menciona el documento del organismo.

La Procuradora Delegada Disciplinaria de Juzgamiento comprobó que los servidores públicos vulneraron el principio de economía y de responsabilidad en el ejercicio de las funciones de contratación y ordenación del gasto.

En la decisión, el organismo ordenó remitir copias de esta decisión a la Fiscalía General de la Nación por actuaciones surtidas dentro del proceso disciplinario por parte de algunos sujetos procesales.

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Esta decisión corresponde a una determinación de primera instancia, por lo que la sanción podrá ser apelada que será resuelta en segunda instancia por el despacho de la procuradora general de la Nación.


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