Tribunal confirma millonaria sanción de la SIC contra Rappi por fallas en el servicio

Los magistrados dejaron en claro que este tipo de acciones de la SIC no afectan la libertad de empresa y por el contrario contribuyen a garantizar la calidad del servicio.
Protesta de rappitenderos en Bogotá
Se encuentran protestando de manera pacífica en la plazoleta del Carulla de la 85. Crédito: Inaldo Pérez

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó en firme la millonaria sanción que le impuso la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a Rappi S.A.S, como resultado de las investigaciones que detectaron un patrón de desatención a las normas de protección al consumidor.

Los magistrados del Tribunal negaron una demanda instaurada por Rappi con la que buscaban anular la sanción impuesta por la SIC.

El Tribunal planteó que Rappi debe someterse a los requisitos legales contemplados para los comercios electrónicos.

“Si Rappi consideró erradamente que su negocio fungía como un portal de contacto, tal apreciación no puede conjurar su obligación de adecuarlo a los requisitos legales que prevé la ley para los comercios electrónicos”, indicó el Tribunal.

En su decisión los magistrados indicaron que “Por lo tanto, las consecuencias económicas que se puedan derivar de la adecuación son aspectos ajenos a la legalidad de los actos acusados pues en estos se sancionó a Rappi, por la infracción de diversas normas del Estatuto del Consumidor”.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca aseguró que esta sanción impuesta por la SIC no vulnera la libertad de empresa, ya que el objetivo es se cumplan con las normas establecidas y se garantice la calidad del servicio.

“Conforme a ello, los actos acusados no violentan la libertad de empresa; por el contrario, destacan la necesidad de que las personas jurídicas respeten y cumplan con el marco normativo, en pro del desarrollo económico del país en condiciones de igualdad y calidad del servicio.

¿Por qué la SIC sancionó a Rappi?

Cabe recordar que el pasado 8 de abril la SIC anunció este 8 de abril de 2026 una millonaria sanción contra Rappi S.A.S. la cual asciende a los $ 4.003.566.000como resultado de dos investigaciones que evidenciaron un patrón de desatención a las normas de protección al consumidor e incumplimiento de órdenes directasemitidas por la autoridad.

De acuerdo con la Superintendencia, se evidenciaron problemas en la calidad del servicio, ya que se ha registrado la entrega de productos en mal estado, incompletos, equivocados o fuera del tiempo informado.

La entidad también estableció incumplimientos con la asistencia de la aplicación de domicilios para peticiones, quejas y reclamos de los usuarios. “En varios casos, las solicitudes no fueron recibidas, tramitadas o resueltas, pese a que los usuarios permanecían durante largos periodos en el chat”, destaca el documento.

Asimismo, se establecieron incumplimientos de la garantía legal, al no entregar los productos a los usuarios, y el cobro sin autorización, así como información insuficiente sobre membresías. “Detectó cobros relacionados con las membresías Rappi Prime y Rappi Pro sin que los consumidores hubieran dado su autorización”, mencionó la SIC.

También se evidenció la inclusión de cláusulas abusivas, la falta de un mecanismo adecuado para el seguimiento de PQR, información incompleta en promociones y ofertas, así como publicidad engañosa.

La Superintendencia de Industria y Comercio también evidenció que Rappi desatendió algunas de las órdenes previamente dadas mediante la Resolución No. 27648 de 2024, en las que se buscaba prevenir acciones que afectaran a los consumidores.

Las múltiples sanciones que ha recibido Rappi

Esta no es la primera sanción que recibe Rappi por fallas e infracciones al régimen de protección al consumidor. De acuerdo con la SIC, en los últimos cinco años, la aplicación ha sido sancionada en tres ocasiones.

“Dichas decisiones fueron confirmadas en las instancias de recurso. Esta reincidencia fue un factor relevante para determinar la gravedad de las multas impuestas”, menciona el documento de la SIC.


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