Niegan nuevamente pruebas a Plinio Olano y Bernardo Elías en caso Odebrecht

Los excongresista pretendían frenar el fallo que decretó su muerte política ante el Consejo de Estado.
Ñoño Elías
El exsenador Bernardo Elías. Crédito: Colprensa

La Sala Plena del Consejo de Estado negó, por segunda vez, las pruebas que pedía la defensa del excongresista Plinio Olano y Bernardo 'Ñoño' Elías con las cuales buscaba reversar el fallo que decretó su muerte política por el escándalo de sobornos de Odebrecht.

Con ponencia del magistrado Ramiro Pazos, la sala dejó en firme el fallo del 4 de junio que negó escuchar los testimonios del exdirector de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) Luis Fernando Andrade y el entonces asesor de esa entidad, Juan Sebastián Correa.

Así mismo, se negaron los testimonios del exviceministro de Transporte Gabriel Ignacio García, el testigo Federico Gaviria y el excongresista Otto Nicolás Bula, entre otros.

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La defensa pretendía que en segunda instancia, el Consejo de Estado tuviera en cuenta esas declaraciones como prueba a favor de los excongresistas.

De esta forma, buscaba desvirtuar los hechos por los cuales los excongresistas perdieron su investidura y comprobar “que el señor Plinio Olano mientras usó la investidura de congresista obró con ética y honorabilidad”

La sala consideró que la petición para incorporar esos testimonios en el estudio del fallo que decretó la pérdida de investidura de los excongresistas era extemporánea: “Lo cierto es que el escrito del 10 de mayo de 2019 es extemporáneo pues el recurrente sólo podía solicitar en el escrito del recurso de apelación”.

La Sala Plena estudia en segunda instancia el fallo de la sala 17 especial de decisión de la corporación, que en sentencia del 20 de septiembre de 2018 decretó la pérdida de investidura de los excongresistas.

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El estudio de fondo de ese caso inició luego de que los excongresistas apelarán el fallo que decretó la pérdida de investidura por haber incurrido en tráfico de influencias y estar implicados en la destinación indebida de recursos públicos o “haber violado el régimen de incompatibilidades”.

El fallo de primera instancia del alto tribunal de lo contencioso señala que, de parte de Olano, había existido un interés “dirigido a gestionar, para la multinacional Odebrecht, diversos procesos contractuales y prebendas, no solo frente a entidades públicas sino ante el propio Congreso, a partir de su notable desempeño en la Comisión Sexta”.

En el caso del 'Ñoño' Elías, se tiene en cuenta que fue condenado penalmente a una sentencia de seis años de prisión cohecho y tráfico de influencias. Actualmente se adelanta un juicio ante la Corte Suprema de Justicia por otros delitos relacionados al mismo escándalo.

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