La defensa de Santiago Uribe impugnó su condena de 28 años de prisión por paramilitarismo

El paso siguiente será la sustentación del recurso, que luego tendrá que resolver la Corte Suprema.
Santiago Uribe
Santiago Uribe Vélez, condenado por su vínculo con los Doce Apóstoles, presentó un recurso de impugnación especial. Crédito: Colprensa

Tres días después de que el Tribunal de Antioquia condenara al ganadero Santiago Uribe Vélez por su papel en el grupo paramilitar 'Doce Apóstoles', la defensa del hermano del expresidente Álvaro Uribe radicó el recurso de impugnación especial para comenzar el trámite.

Esto quiere decir que el abogado Jaime Granados le manifestó al Tribunal su voluntad de sustentar el mecanismo que llevará a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia a zanjar la discusión. El paso siguiente será, precisamente, la argumentación.

Granados le envió al magistrado René Molina Cárdenas, de la Sala de Decisión Penal que condenó a Uribe, un escrito en el que, "de forma respetuosa", expresó su intención de "interponer impugnación especial en contra de la sentencia proferida por la Sala".

"Aprovecho la ocasión para reiterar mi solicitud a fin de que se nos suministre, lo más pronto posible, el link de acceso al expediente digital", concluyó la misiva. Granados intentará conseguir una absolución, como la que había otorgado el Juzgado Primero Penal del Circuito de Antioquia.

Argumentos de la primera y segunda instancia

La primera instancia "dejó de lado los juiciosos y sólidos argumentos que se ofrecieron en la resolución de acusación", según la sentencia de segunda del Tribunal, que condenó a Uribe a veintiocho años de prisión por homicidio y concierto para delinquir, ambos agravados.

René Molina, John Jairo Ortiz y Gustavo Adolfo Pinzón, los tres magistrados que firmaron la sentencia condenatoria de 307 páginas, sostuvieron que los Doce Apóstoles, un grupo paramilitar que expandió su poderío en Antioquia entre 1990 y 1994, esparcieron una política de exterminio.

La estructura, por la que Uribe Vélez resultó condenado por concierto para delinquir agravado —o sea, asociarse con otras personas para planear y ejecutar delitos—, creó una "lista negra" en la que marcó a personas "indeseables" para matarlas.

Para la primera instancia, Santiago Uribe nunca tuvo conocimiento de las potenciales víctimas. Para la segunda, el juez no hizo "una lectura integral de las pruebas", pese a que "varios testigos" dieron cuenta de la determinación de los homicidios.

Uribe continúa en libertad, y seguirá así mientras la sentencia no quede ejecutoriada, lo que no ocurrirá mientras se adelante la impugnación especial. La Sala Penal podrá revocar la condena totalmente, modificarla o confirmarla íntegramente.

Crímenes de lesa humanidad y homicidio

El Tribunal sostuvo que los crímenes que pesan sobre Santiago Uribe son de lesa humanidad, pues fueron parte de agresiones sistemáticas contra ciertos sectores de la población acusados de colaborar con la guerrilla. El delito más grave fue el de homicidio.

La justicia declaró a Uribe "penalmente responsable" del asesinato de Camilo Barrientos, un conductor de bus acribillado por dos sicarios. Su nombre estaba en la "lista negra" de los Doce Apóstoles porque, según se rumoraba, en su chiva transportó a guerrilleros.

El homicidio acaparó veinticinco de los veintiocho años de cárcel, y el concierto para delinquir, los otros tres. "Santiago Uribe recibió la información sobre las presuntas actividades subversivas" y luego coordinó el asesinato, señala el fallo.


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