La Juez Novena Penal del Circuito de Bogotá condenó al exalcalde de Santa Marta Carlos Caicedo, exgobernador del Magdalena y excandidato presidencial, por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.
El proceso contra el exmandatario se extendió por doce años, y el monto de la pena será anunciado posteriormente. El Distrito de Santa Marta, como víctima del caso, pidió capturar de inmediato al dirigente de izquierda, a lo que la defensa de Caicedo se opuso.
Carlos Caicedo fue alcalde entre 2012 y 2015. El Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía lo capturó en 2017, mientras su sucesor era Rafael Martínez, un aliado cercano que le heredó la Gobernación del Magdalena y la presidencia de Fuerza Ciudadana.
Martínez, de hecho, también resultó capturado. La Fiscalía, que desde 2014 analizaba las licitaciones para modernizar la red de atención en salud de Santa Marta, empezó a señalar que ambos contrataron multimillonarias obras que luego fracasaron.
Todo se remonta a la designación de Gregorio Domínguez Fonseca, exgerente de la Empresa Social del Estado (ESE) Alejandro Próspero Reverend, como el encargado de la contratación para adecuar cinco centros de salud.
Mamatoco, Bastidas, La Paz, Candelaria y Taganga debían tener nuevos puntos para atender a decenas de pacientes, pero al final solo fue construido el de Bastidas, en el nororiente de la ciudad. La inversión superó los doce mil millones de pesos.
“La falta de estudios previos y de planeación” para que Carlos Caicedo delegara a Gregorio Domínguez “derivó, finalmente, en retrasos, obras inconclusas, demoliciones de los centros de salud y prestación precaria del servicio”, reseñó la jueza.
Mientras Santa Marta conmemora 501 años de fundación, su figura política más visible se convirtió en condenado. Caicedo ungió a Domínguez en junio de 2014 y autorizó las obras, pese a que la junta directiva de la ESE llevaba dos años pidiendo un nuevo manual de contratación.
“No se trató de un error o desconocimiento, sino de una actuación consciente y deliberada que omitió requisitos esenciales de la contratación, afectó la legalidad” de la modernización “y contribuyó al detrimento patrimonial de la ESE”, añadió la juez.
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