Investidura de Claudia López vuelve a ser estudiada en el Consejo de Estado

La exsenadora es la actual candidata de la Alianza Verde para la Alcaldía de Bogotá.
Claudia López resultó ganadora de la candidatura de la Alianza Verde por la Alcaldía de Bogotá.
Claudia López resultó ganadora de la candidatura de la Alianza Verde por la Alcaldía de Bogotá. Crédito: Colprensa

La Sala Plena del Consejo de Estado estudiará el recurso de apelación en contra del fallo que negó la demanda de pérdida de investidura de la exsenadora Claudia López Hernández.

En el recurso, el demandante pide que se revoque la decisión emitida el 6 de noviembre de 2018 que negó las pretensiones de la “muerte política” por un conflicto de intereses.

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El accionante considera que siendo senadora López no se declaró impedida ni se apartó del debate que se adelantaba para despenalizar la injuria y la calumnia.

En este sentido se señala que la congresista de la Alianza Verde debía declararse impedida puesto que en su contra existía un número considerable de denuncias por injuria y calumnia.

En este sentido expresó además que la actual candidata a la Alcaldía de Bogotá había tenido que retractarse públicamente de afirmaciones hechas en su cuenta de Twitter, eventos académicos y debates en el marco de una conciliación en procesos penales.

En fallo de primera instancia, la Sala Especial de Decisión de Pérdida de Investidura no aceptó los argumentos presentados por el demandante al considerar que no existía evidencia suficiente para inferir la existencia de un conflicto de intereses por parte de López.

En el fallo se afirmó al momento de la discusión en el Congreso que la senadora de la Alianza Verde no estaba vinculada a ninguna investigación penal por este tipo de delitos, situación por la cual no se puede calificar como una irregularidad el hecho que haya debatido y votado este proyecto de ley.

En contexto: Claudia López, candidata de Alianza Verde a Alcaldía de Bogotá

“(…) No se puede desprender un conflicto de intereses respecto de actuaciones penales, en fase preliminar, que potencialmente pueden ir en contravía a los deberes de respeto y garantía que el Estado tiene respecto de quien informa, opina, delibera o critica asuntos de la esfera pública”, señala el fallo.


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