¿Por qué la Fiscalía reasignó caso de 11 capturados por terrorismo en Bogotá? Pasó a nueva Unidad de Protesta Social

El caso iba llegando a la etapa de juicio, pero la fiscal general, Luz Adriana Camargo, lo reasignó, alegando protección al derecho a la protesta.
La fiscal general, Luz Adriana Camargo, creó una unidad de fiscales que investiga la protesta social, y el mismo día le asignó un caso de once capturados por terrorismo.
La fiscal general, Luz Adriana Camargo, creó una unidad de fiscales que investiga la protesta social, y el mismo día le asignó un caso de once capturados por terrorismo. Crédito: Colprensa

El 12 de diciembre de 2025, el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, anunció la captura de once personas; la Policía exhibió esposados a los detenidos. Las autoridades los calificaron como parte de un movimiento radical autodenominado PPP o Brigada Clandestina por el Pueblo y para el Pueblo. Todos terminaron en la cárcel de forma preventiva.

Las investigaciones hasta ese momento los señalaban como responsables de al menos veintiocho actos vandálicos en la capital entre 2024 y 2025. Los detenidos se hacían pasar por estudiantes con carnés falsos en universidades públicas y luego cambiaban su ropa para ponerse overoles, máscaras y capuchas.

Usando papas bomba y cocteles molotov, atacaban patrullas de la Policía, estaciones de Transmilenio —especialmente, Ciudad Universitaria, a pocos metros de la Universidad Nacional— y buses del sistema integrado de transporte. La Fiscalía les imputó ocho delitos, incluyendo terrorismo, y el caso avanzó.

El ente acusador parece haber cambiado de opinión desde entonces. Lo que antes parecía un complejo entramado terrorista que afectó la infraestructura y la movilidad en Bogotá ahora es calificado como un acto de protesta pacífica. Así lo determinó la Resolución 0171 del 16 de junio, que firmó la fiscal general, Luz Adriana Camargo.

La Fiscalía 107 Delegada ante Jueces Penales del Circuito, adscrita a la Dirección Seccional de Bogotá, les imputó a los once capturados concierto para delinquir agravado; terrorismo; incendio agravado; fabricación, tráfico y porte de armas o explosivos; empleo o lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos agravado; perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial agravado; daño en bien ajeno agravado, y violencia contra servidor público agravado.

De una investigación por terrorismo a una revisión bajo el enfoque de protesta social

El 16 de junio, con la Resolución 0170, la fiscal Camargo conformó el Grupo de Tareas Especiales para Investigar y Judicializar la Protesta Social, para aplicar “enfoques restaurativos, salidas alternas y mecanismos de terminación anticipada”. El mismo día, la jefa del ente investigador le entregó al equipo el caso de los PPP.

Tres meses atrás, la Fiscalía 107 presentó el escrito de acusación contra los detenidos, que le correspondió al Juzgado Noveno Penal de Circuito Especializado. El despacho programó para el 17 de junio a las dos de la tarde la audiencia de acusación que le hubiese dado paso al juicio. La diligencia no se llevó a cabo, por la reasignación de fiscales un día antes.

El incipiente grupo de tareas especiales para las protestas incluye fiscales de la Unidad de Justicia Restaurativa, delegados ante la Corte Suprema de Justicia, del equipo de Derechos Humanos y funcionarios contra el crimen organizado. La Unidad de Justicia Restaurativa pidió el cambio de fiscales que luego Camargo aceptó.

Ahora el caso lo tienen Daniela Escallón y Sebastián Sierra, ambos delegados ante jueces del circuito como parte del grupo especial. Camargo, en la resolución 171, alegó “la protección reforzada del derecho a reunirse y manifestarse pública y pacíficamente” como uno de los motivos de la modificación.

El nuevo rumbo del caso podría abrir la puerta a acuerdos y a la libertad

“La responsabilidad penal no puede derivarse de la sola presencia en una movilización, la pertenencia a colectivos, la afinidad política o la participación en actividades de convocatoria, organización o expresión pública, sin perjuicio de la obligación de investigar y judicializar”, reseña el acto administrativo.

Escallón y Sierra evaluarán “la proporcionalidad de la intervención penal” y “la adecuación típica de las conductas”. Es decir, examinarán si los hechos y los motivos por los que los PPP terminaron capturados —como quemar buses o usar explosivos comprados en Medellín— corresponden efectivamente a terrorismo.

También considerarán si los implicados pueden acceder a “mecanismos restaurativos, principio de oportunidad u otras formas de terminación anticipada”. La postura de la Fiscalía, tras una consulta de La FM, es que el caso podría no superar la acusación y caerse en juicio. Y que la fiscal anterior salió en medio del concurso de méritos.

La medida de aseguramiento contra los PPP es de un año, porque quien los procesa es un juez del circuito y son más de tres imputados. Pero, al cambiar el enfoque del expediente, los detenidos podrían salir libres con un principio de oportunidad o un acuerdo. Al reasignar el proceso, los fiscales podrían ser más flexibles.

Y puede haber un debate jurídico frente a los términos. Después de la imputación, en diciembre del año pasado, la Fiscalía tenía ciento veinte días para radicar la acusación. Una vez presentado, corre otro plazo, también de ciento veinte días, para iniciar la audiencia del juicio. Si no se instala, habrá libertad inmediata.

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Qué cambió en el caso de los once capturados por presunto terrorismo en Bogotá?

La fiscal general, Luz Adriana Camargo, reasignó el proceso al recién creado Grupo de Tareas Especiales para Investigar y Judicializar la Protesta Social. El expediente estaba listo para entrar a juicio, pero ahora será revisado bajo un enfoque que prioriza la protección del derecho a la protesta y la evaluación de mecanismos restaurativos.

¿Por qué la Fiscalía trasladó el expediente a la nueva unidad?

La resolución que ordenó el cambio sostiene que es necesario garantizar una protección reforzada al derecho de reunión y manifestación pacífica, además de revisar la proporcionalidad de la intervención penal y establecer si los hechos atribuidos a los procesados realmente encajan en delitos como terrorismo o si ameritan una respuesta jurídica diferente.

¿Qué efectos puede tener la reasignación para los once procesados?

Los nuevos fiscales podrán analizar la posibilidad de aplicar principios de oportunidad, acuerdos u otros mecanismos de terminación anticipada del proceso. La Fiscalía incluso considera que el caso podría no superar la etapa de acusación, lo que abre la puerta a un desenlace distinto al que inicialmente impulsó el ente acusador.

¿Cómo influye esta decisión en la situación jurídica de los capturados?

Además del cambio de enfoque, el proceso enfrenta una discusión sobre los términos legales. Si la audiencia que da inicio al juicio no se instala dentro de los plazos previstos por la ley, los procesados podrían recuperar la libertad, mientras la nueva unidad decide cómo continuará la investigación.


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