Corte alista fallo sin precedentes sobre Eutanasia y enfermedades no terminales

En los próximos días el tribunal se pronunciará sobre la tutela que presentó Yolanda Chaparro, reclamando el derecho a morir dignamente.
Eutanasia
Crédito: Ingimage

El debate sobre la eutanasia no acaba en la Corte Constitucional. En los próximos días ese alto tribunal podría reforzar el precedente constitucional sobre el derecho a la eutanasia para personas que no padezcan de una enfermedad terminal.

Esa decisión se dio a conocer el pasado 22 de julio después del estudio de una demanda de inconstitucionalidad contra uno de los artículos del Código Penal Colombiano.

El pronunciamiento ahora estará en la línea de la protección al derecho fundamental a morir dignamente. Se trata de la tutela que presentó Yolanda Chaparro, la mujer de 72 años que lucho jurídicamente durante trece meses para acceder a la muerte digna a pesar de que la enfermedad que padecía aún no estaba en etapa terminal.

El fallo que emita la Corte en ese caso puntual protegería aún más el precedente judicial sobre el derecho a la eutanasia, porque la Corte se basará en la decisión constitucional para el fallo de tutela.

“Protegerá el precedente constitucional de los ataques indiscriminados e inconstitucionales de los sectores más conservadores que se oponen a la eutanasia”, dijo Lucas Correa, abogado de Yolanda.

Yolanda padecía de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), una enfermedad del sistema nervioso que debilita los músculos y afecta las funciones físicas.

La respuesta que ella recibió de su EPS Compensar y su IPS Instituto Roosevelt al solicitar la eutanasia antes de tiempo, fue que “tenía que esperar a que no pudiera respirar, usara silla de ruedas y así se materializó la vulneración de sus derechos”, explicó el abogado.

El caso de Yolanda fue un litigio estratégico que llegó a la Corte para hacer visible la barrera estructural en relación con el derecho a morir dignamente.

Según el abogado, con ese tipo de barreras se vulnera el derecho a la vida digna, la dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad y de cierta manera “se somete a las personas a una tortura y trato cruel e inhumano y degradante” antes de dejar este mundo.

El caso de Yolanda tiene como ponente a la magistrada conservadora Cristina Pardo, quien estuvo en desacuerdo con la decisión mayoritaria de la Sala Plena con respeto a la eutanasia.

En un salvamente de voto en esa decisión, la magistrada advirtió que la dignidad humana “implica el derecho efectivo a reestablecer la salud, mitigar el dolor e, incluso, la renuncia al procedimiento médico”.

La magistrada consideró que el derecho a la dignidad humana "no puede extenderse al acto de eutanasia, cuyo objeto inmediato es la terminación de la vida, así sea para evitar el dolor”.

Sin embargo, el abogado es optimista respecto a la decisión que pueda tomar la Corte en el caso puntual y no descarta que el debate sala de la sala de tres magistrada y pase a los nueve magistrados del alto tribunal.

“La decisión previa de la Corte blinda el proceso de Yolanda para que las personas conservadoras utilicen y manipulen su interpretación del derecho para morir dignamente y permitir a quienes quieran tomar el control sobre morir dignamente y que a nadie se le imponga vivir una vida que va en contra de su idea de la vida digna”, finalizó el abogado


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