Corte Constitucional negó la petición que hizo Minsalud para que aclarara el tema de la eutanasia

La Corte cuestionó que el Ministerio hubiera puesto en duda el cumplimiento del fallo.
Eutanasia, imagen referencial
Eutanasia, imagen referencial. Crédito: AFP

La Corte Constitucional negó por improcedente la petición de aclaración que hizo el Ministerio de Salud y Protección Social al fallo que amplió la eutanasia para pacientes no terminales en el país.

La Corte cuestionó que el Ministerio hubiera puesto en duda el cumplimiento del fallo, por supuesta falta de notificación, al señalar que los alcances de la sentencia habían cobrado vida al día siguiente de tomarse la decisión.

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En su petición de aclaración, el Ministerio le decía a la Corte que no entendía: "cómo podría reglamentar ese derecho a la eutanasia, aclarando que no era de su competencia".

“No se entiende como esta cartera tendría que actualizar la regulación actual, ya que más allá de ajustar el mecanismo reporte (solicitudes) de ciudadanos que requieren acceso al procedimiento (lo cual ya está siendo ajustado por la entidad), por tratarse de derechos fundamentales (…) no es posible emitir regulación al respecto, lo cual escapa del ámbito de nuestras competencias”, dice el documento.

El Ministerio también señalaba que existe un sin numero de situaciones, en las que las personas con algún tipo de dolor podrían considerar querer morir.

La Corte señaló que la petición del Ministerio “no es una solicitud de aclaración, sino un intento por reabrir la discusión zanjada en la Sentencia” y que “es claro y no genera una duda que se proyecte en la parte resolutiva”.

Sobre esa petición de aclaración el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB) que pidió la ampliación de la eutanasia cuestionó al Ministerio.

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Lucas Correa, abogado de esa organización dijo en su momento que al Ministerio “no le corresponde pedir esas aclaraciones, ni dilatar las órdenes judiciales”, y que el fallo de la Corte era claro.

“Lo que la Corte ordenó es claro: y es que no se necesita que la persona esté en etapa terminal de una grave enfermedad, lo que la persona debe tener es una lesión grave o incurable y le corresponde al médico diagnosticarla”, dijo Correa.


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