Estado debe exonerar del pago de impuestos a desplazados: Corte

El desplazado que ganó la tutela fue víctima del conflicto armado y debió abandonar el municipio de Dolores en el Tolima.
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Al fallar una tutela a favor de un desplazado de 81 años que pedía la exoneración del impuesto predial por verse en la obligación de abandonar sus tres predios debido al conflicto, la Corte Constitucional recordó al Estado que es un deber brindar especial protección a la población que se encuentra en una situación dramática por haber soportado cargas excepcionales, como es el caso de los desplazados por la violencia.

La Corte califica como principal medida reparadora a las víctimas que lo han visto obligadas a dejar sus tierras, “la exoneración de la cartera morosa del impuesto predial u otros impuestos tasas o contribuciones del orden municipal o distrital relacionadas con el predio restituido o formalizado”.

Para estos efectos las entidades territoriales deben establecer mecanismos de alivio y/o exoneración de estos pasivos a favor de las víctimas del despojo o abandono forzado.

El desplazado que ganó la tutela fue víctima del conflicto armado y debió abandonar el municipio de Dolores en el Tolima y sus tres bienes inmuebles, sobre los cuales no pudo ejercer plenamente sus derechos como propietario, para explotarlos económicamente y ahora a su regreso es una persona mayor, 81 años de edad, y por sus condiciones personales y familiares no le resulta fácil reiniciar la explotación económica y el pago de una deuda tributaria con el municipio.

La Corte estableció que la exoneración de la deuda de impuesto predial que tiene con el municipio, le permitirá el ejercicio pleno de sus derechos de propietario.

Sobre el tema LA FM consultó al especialista en la materia Tributaria Mario Valencia, quien calificó como “absurdo que a una persona desplazada se le esté cobrando un impuesto predial por algo que no se está usufructuando”.

Señaló que la sentencia de la Corte “es un mensaje que obliga al próximo gobierno actualizar el catastro que desde el año 83 no se actualiza





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