Ordenan arresto del gobernador de Norte de Santander por no reubicar a trabajadora según fallo judicial

El 19 de diciembre de 2025, el Juzgado Segundo de Familia de Los Patios ordenó al gobernador el reintegro de la señora Cruz Belén Lizarazo
Gobernador de Norte de Santander, William Villamizar
Gobernador de Norte de Santander, William Villamizar Crédito: RCN Radio | Elibardo León

El Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Villa del Rosario impuso tres días de arresto al gobernador de Norte de Santander, William Villamizar, por no cumplir un fallo de tutela que ordenaba el reintegro de Cruz Belén Lizarazo Peñaranda a la notaría del municipio. La decisión incluye, además, el pago de una multa equivalente a tres salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Antecedentes de la tutela

El 19 de diciembre de 2025, el Juzgado Segundo de Familia de Los Patios ordenó al gobernador el reintegro de la señora Lizarazo, señalando que existían vacantes disponibles para su reubicación, siempre que cumpliera con los requisitos del cargo. En caso de no ser posible, se debía expedir un acto administrativo de retiro debidamente motivado, explicando las razones y garantizando las cotizaciones faltantes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y pensiones hasta completar las semanas necesarias para la pensión de vejez.

El 13 de enero de 2026, Lizarazo denunció que la Gobernación no había cumplido la orden de reintegro ni realizado los pagos correspondientes. La entidad respondió que los notarios no ostentan la calidad de empleados públicos y que, como nominadora, no estaba obligada al pago de salarios, prestaciones o aportes pensionales, argumentando jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional.

Requerimiento judicial y defensa de la Gobernación

El 14 de enero, el Juzgado requirió al gobernador cumplir la orden en 48 horas, incluyendo la revisión de vacantes y la expedición de actos administrativos motivados. La Gobernación informó haber realizado gestiones internas: ofició al área de talento humano y a la Asamblea Departamental para certificar la estructura de personal, y solicitó información a la Superintendencia de Notariado y Colpensiones.

A pesar de estas gestiones, el Juzgado consideró que la Gobernación no acreditó la ejecución concreta de la sentencia, limitándose a alegar imposibilidad jurídica y presupuestal. La entidad también cuestionó la condición de “prepensionada” de la accionante y pidió verificaciones sobre las semanas cotizadas, lo que según su argumentación podría eliminar el fundamento de la tutela.

Apertura del incidente de desacato

El 29 de enero de 2026, el Juzgado abrió un incidente de desacato y solicitó informe sobre las gestiones realizadas. La Gobernación sostuvo que cumplir la orden implicaría vincular a una persona a un cargo inexistente y asumir aportes sin presupuesto, lo que, según su tesis, contradice la Constitución y generaría responsabilidad disciplinaria y fiscal.

Decisión final del Juzgado

Tras analizar los argumentos, la jueza Malbis Leonor Ramírez Sarmiento concluyó que la defensa de la Gobernación no evidenció acciones concretas para cumplir la tutela. Por ello, impuso la sanción de tres días de arresto al gobernador y el pago de una multa equivalente a tres salarios mínimos.

El fallo refuerza la obligación de los funcionarios públicos de acatar las sentencias judiciales y establece un precedente sobre la responsabilidad en el cumplimiento de decisiones judiciales, más allá de interpretaciones sobre la naturaleza del cargo o limitaciones presupuestales.


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