Corte llama la atención a Registraduría por negarse registrar hijos de parejas gay

A dos mujeres, quienes tenían unión marital de hecho, les fueron negados los derechos de reconocer legalmente a la menor como su hija.
Archivo La FM
Crédito: La FM

La Corte Constitucional le otorgó el derecho a una pareja de mujeres de registrar a su hija menor de edad. En la tutela, las demandantes argumentaron que, al tener una unión marital de hecho, decidieron procrear a través de inseminación artificial a su progenitora.

No obstante, la lucha inició cuando la pequeña nació hace diez años, ya que al intentar registrarla por todos los medios, le fue negado el derecho a la menor a su dignidad humana y a la igualdad.

El primer intento de la pareja fue ante una registraduría auxiliar quien les exigió que la médica debía incluir en el certificado de nacido vivo el nombre de las dos peticionarias como madres de la menor para poder registrarlas conjuntamente.

En dicho certificado, al no existir un campo para ambas madres, se hizo la anotación en un costado del documento. No obstante, la Registraduría no accedió a la petición de la pareja

Ante la situación, las mujeres interpusieron una tutela frente a la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura quien en primera y segunda instancia decidieron no tutelar los derechos fundamentales de la pareja

Frente a lo anterior, la Corte Constitucional ordenó a la Registraduría que en las próximas 48 horas acceda a las pretensiones de las demandantes y modifique el registro civil de la menor.

Así mismo, le advirtió a la Registraduría que en adelante evite este tipo de acciones discriminatorias que atenten contra los derechos de los ciudadanos.


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