Condenan a 48 meses de prisión a concejal y exconcejal por reajustar salarios no presupuestados

Han pasado más de diez años desde que los entonces concejales fueron acusados de prevaricato por acción.
Celda de una prisión
Celda de una prisión (referencia) Crédito: CC0 Dominio publico

El Tribunal Superior de Cartagena revocó un fallo del Juez Quinto Penal de Circuito, que absolvió al actual concejal del partido de la U, César Pión y al excabildante, Américo Mendoza, y determinó condenarlos a 48 meses de prisión.

Han pasado más de diez años desde que los entonces concejales fueron acusados de prevaricato por acción. Según Adolfo Raad Hernández, accionante en el proceso, Pión y Mendoza, como presidente ad hoc y vicepresidente ad hoc, habrían profirieron una decisión administrativa aparentemente ilegal, porque emitieron 35 resoluciones el 8 de marzo de 2012, pese a reconocer el derecho al reajuste de honorarios entre concejales y exconcejales de Cartagena.

Raad Hernández argumentó que los entonces cabildantes habrían ordenado el pago de los honorarios del resto de sus colegas señalados, con cargo al presupuesto, sin que al parecer existiera la disponibilidad presupuestal.

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En la denuncia, el demandante indicó que “con este acto administrativo a los concejales y exconcejales se les reconoció y ordenó pagar aproximadamente $7.200.000.000, distribuidos en porcentajes proporcionales al derecho que ostentaban cada uno de los ediles”.

Explicó que su caso, siendo concejal para la época de los hechos, los implicados ordenaron pagarle $364.487.841, en consideración al reajuste de los honorarios correspondientes al periodo comprendido entre 2001-2009.

Sin embargo, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Cartagena, en cabeza de Pericles Rodríguez, en su fallo determinó que “las pruebas allegadas por la Fiscalía y la defensa, demuestran que los acusados no actuaron con la intención de decidir contrariamente a derecho cuando resolvieron las peticiones y profirieron las 35 resoluciones, sino con la convicción de que las mismas eran acertadas y ajustadas a la ley”.

Ahora el caso tiene este nuevo capítulo, porque el Tribunal Superior de Cartagena determino condenar a César Pión y Américo Mendosa, a “una pena de cuarenta y ocho (48) meses de prisión, una multa equivalente a 66.66 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que deberá ser cancelada a favor del Consejo Superior de la Judicatura, dentro de los seis (6) meses siguientes al proferimiento de esta sentencia.

Añadió que la “inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un término ochenta (80) meses, como coautores responsables de la conducta punible de prevaricato por acción, de conformidad a lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia”.

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También indicó el fallo: “Líbrese orden de captura en contra de los acusados Cesar Augusto Pión González, y Américo Elías Mendoza Quessep para el cumplimiento de la pena impuesta”.

Le puede interesar:Finalmente, determina que “los procesados y/o su defensor, podrán interponer y sustentar el recurso de impugnación especial por tratarse de su primera condena, para lo cual contarán con los mismos términos establecidos para el recurso de casación".


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