C. de Estado: Mindefensa debe tomar medidas para que no se repitan falsos positivos

El pronunciamiento se hizo al condenar a la Nación por el asesinato de un joven desmovilizado el 16 de agosto de 2006.
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La Sección Tercera del Consejo de Estado le ordenó al Ministerio de Defensa la "adopción de un compromiso ineludible” para “tomar los correctivos necesarios" dirigidos a evitar que se vuelvan a presentar casos de ejecuciones extrajudiciales, más conocidos como “falsos positivos”.

El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al condenar a la Nación por el asesinato de un joven desmovilizado el 16 de agosto de 2006, quien fue presentado como un delincuente dado de baja durante un combate armado en el sector de La Maya, ubicado entre los caseríos de Carital y Sevillano, en el municipio de Ciénaga (Magdalena).

En el debate jurídico, la Sala determinó que integrantes del Ejército Nacional interceptaron a cuatro personas, entre las que se encontraba Anderson Antonio Gaviria Sánchez, y las llevaron a un paraje cercano en donde fueron asesinados con tiros de gracia.

"Se tiene probado que el señor Gaviria Sánchez perteneció a una agrupación al margen de la ley, de la cual se desvinculó para ingresar al programa de reinserción a la vida en el marco de la Ley 418 de 1997, proceso gracias al cual obtuvo beneficio jurídicos y socioeconómicos y participó al menos, en un operativo militar en la ciudad de Neiva en calidad de informante al servicio de las Fuerzas Militares a fin de brindar orientación en las labores de lucha contra este tipo de organizaciones", precisa la decisión.

Para el Consejo de Estado, existió una clara falla en el servicio por parte de los integrantes del Ejército Nacional, puesto que se le produjo la muerte a un no combatiente, quien se encontraba en estado de indefensión. Esto representa una clara violación al derecho internacional humanitario (DIH) y los convenios de Ginebra "relativo a la protección de personas civiles en tiempos de guerra, según la cual el caso del conflicto armado sin carácter internacional, las partes deben cumplir las obligaciones".

Con su actuar, resalta la decisión, se vulneraron los derechos a la vida y a la integridad física de estas personas que eran ajenas a cualquier tipo de confrontación armada. "La Sala considera que la muerte del señor Anderson Antonio Gaviria Sánchez ocurrió como consecuencia de una privación arbitraria de la vida ejecutada por el Ejército Nacional, pues se trata de un homicidio efectuado deliberadamente por agentes estatales, cuando la víctima se encontraba en estado de indefensión o inferioridad".

"De acuerdo que resulta de la mayor importancia para el Consejo de Estado poner de relieve, en caso como el presenten las inapropiadas conductas cometidas por los agentes estatales, con la finalidad de sentar un precedente que obligue a la administración pública a eliminar de raíz este tipo de conductas, y para que el caso reciba la reparación debida que haga innecesaria la recurrencia de los ciudadanos ante las instancias internacionales", señala la decisión.

En dicha ceremonia se deberán presentar "muestras de un claro y categórico repudio por la violación de sus derechos humanos y la adopción de un compromiso ineludible de tomar los correctivos necesarios para que casos como este no se vuelvan a presentar", advierte el fallo.

Igualmente, se le ordena al Ministerio de Defensa pagar una indemnización para los familiares de la víctima por los daños materiales y morales causados. Además de convocar a un acto en el que se presentarán excusas públicas a la familia de la víctima y a la comunidad en general reconociendo el exceso de la fuerza y la falta en el servicio.

Debido a que existen pruebas que evidencian que los miembros del Ejército Nacional perpetraron el homicidio del joven, el Ministerio de Defensa deberá publicar apartes del fallo en diarios nacionales y locales, advirtiendo que la muerte de Gaviria Sánchez "no ocurrió con ocasión de un combate de tropas del Segundo Destacamento del Gaula Magdalena con delincuentes, sino que fue consecuencia de una privación arbitraria de la vida perpetrada por los efectivos militares".


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