Uribe acude a la Corte Suprema para que lo dejen de llamar ‘imputado’

El recurso ya fue negado por el Tribunal Superior de Bogotá
Álvaro Uribe, Centro Democrático
Álvaro Uribe, Centro Democrático. Crédito: Colprensa

El expresidente Álvaro Uribe y su abogado Jaime Granados acudieron a la Corte Suprema de Justicia con la tutela en la que piden que no lo llamen ‘imputado’ por la justicia en el marco del proceso por presunta manipulación de testigos.

El recurso llegó a la Corte después de que el Tribunal Superior de Bogotá rechazara la tutela con la cual se busca tumbar parte de la decisión del juzgado cuarto penal del circuito de Bogotá que el seis de noviembre de 2020 confirmó su libertad.

En esa decisión el juez advierte que Uribe si se encuentra ‘imputado’ por la justicia, bajo los delitos de soborno a testigos y fraude procesal.

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Sin embargo, el abogado Granados insiste en que la decisión del juez es errónea, pues el proceso se cayó en la Corte Suprema de Justicia cuando Uribe renunció a su fuero como Congresista, es decir que una indagatoria no se podría equiparar a una imputación de cargos en la justicia ordinaria.

Una vez Uribe renunció al Congreso, el proceso tuvo que volver a iniciar en la justicia ordinaria y en ese sentido, estaría pendiente la imputación por parte de la Fiscalía ante un juez de garantías, según la hipótesis del abogado.

El abogado insiste en que la decisión del juez, habría vulnerado los derechos al debido proceso de su cliente.

“El Juez accionado se apartó por completo de las nociones procesales aplicables al caso, incluso al punto que, por su propia cuenta y en un acto bastante exótico, determinó que la imputación se entendía formulada con su decisión (…) no se está cumpliendo con las garantías básicas del debido proceso”, dijo Granados en la tutela contra el juez.

Al revisar el caso, el Tribunal consideró que esos derechos no habían sido violados.

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"La Sala no considera que la situación del señor Uribe Vélez contemple un daño inminente y grave, que permita la intervención del juez constitucional, por una potísima razón: es que en este evento su estructuración se funda en aspectos meramente argumentativos e interpretativos; empero, probatoriamente no quedó acreditado, pues salvo la providencia objeto de controversia, nada se allegó para demostrar la forma de su estructuración y la incidencia que tuviese en el menoscabo de sus derechos al debido proceso, defensa y presunción de inocencia, los cuales se encuentran incólumes y con todas las garantías para ejercitarlos", precisa uno de los apartes de la decisión del Tribunal.


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