Instituto Interamericano para la Agricultura se salva de millonaria demanda en Agro Ingreso Seguro

El Consejo de Estado recordó que el Iica tiene inmunidad en el país, desde 1967.
Risaralda
Crédito: Osvaldo Parra

El Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (Iica) se salvó de enfrentar un juicio con el Ministerio de Agricultura, por más de 4.500 millones de pesos, por el incumplimiento a un contrato en el marco del programa Agro Ingreso Seguro (AIS) que fue una línea de crédito del Gobierno colombiano para entregar préstamos con bajas tasas de interés a campesinos para desarrollos agropecuarios.

El Consejo de Estado recordó que el Iica tiene inmunidad en el país, desde 1967, lo que la exime de responsabilidad respecto de cualquier procedimiento judicial a nivel nacional.

“En 1967 el Instituto y el Estado colombiano establecieron un acuerdo sobre privilegios e inmunidades para esa entidad (…) si bien la demandada tenía la posibilidad de renunciar expresamente a esta inmunidad en algunos asuntos, no está probado que lo hubiera hecho en este caso”, dijo el Consejo de Estado.

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El lío entre el Iica y el Ministerio surgió por un convenio firmado entre ambas entidades para que el Instituto adelantara la convocatoria de un programa de riego y drenaje, por medio del cual se asignarían recursos para los beneficiarios de AIS.

Según el proceso, entre las obligaciones adquiridas por el Iica estaba el desarrollo de 16 acuerdos de financiamiento de la plataforma.

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Lo que alegaba el Ministerio es que el Iica no vigiló el cumplimiento de las obligaciones a cargos de las personas contratadas para el proyecto, en otras palabras “omitió su deber de entregar la información relevante para verificar la ejecución técnica y financiera de los acuerdos de financiamiento”.

En ese caso, y después de recordar la inmunidad el Instituto, “la sala aclaró que en el convenio apenas se incluyó una cláusula que estableció la posibilidad de acudir a la justicia arbitral, para dirimir diferendos entre las partes. Además de que ello no supone la renuncia a la inmunidad, tampoco se dio el que las partes adujeran la necesidad de someter el asunto a un tribunal de arbitramento, concluyó el Consejo de Estado”.


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