Violadores de niños podrán ocupar cargos públicos tras cumplir condena

Las inhabilidades para estos victimarios anteriormente eran perpetuas.
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El profesor universitario Luis Vélez Rodríguez presentó una acción de constitucionalidad en la que le solicitó a la Corte Constitucional permitir que las personas condenadas por abuso sexual a menores de edad puedan continuar con su vida normal, una vez cumplan su pena.

“Lo que le pedimos a la Corte fue que modificara dos artículos de la Ley 1918 de 2018, a través de la cual se establece el régimen de inhabilidades a quienes hayan sido condenados por delitos sexuales cometidos contra menores de edad y argumentamos, por ejemplo, que según el código penal colombiano, las inhabilidades están entre 5 y 20 años y no de por vida”, explicó.

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La Corte Constitucional analizó la petición presentada por el Grupo de Investigación en Política Criminal de la Universidad de Manizales, liderado por el abogado y docente Vélez Rodríguez y falló que efectivamente no puede haber inhabilidades perpetuas.

La ponencia con esa y otras consideraciones, la presentó el magistrado caldense, José Fernando Reyes y fue apoyada con siete votos y dos magistrados que votaron en contra.

En consecuencia, la Corte Constitucional modificó el artículo 1° de la Ley y dejó claro que la duración de la pena deberá sujetarse a los límites temporales que establece el código penal y que, por consiguiente, no se puede declarar una inhabilidad perpetua para quienes son condenados por delitos sexuales contra menores de 18 años.

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El profesor Vélez Rodríguez alegó que lo que estaba ocurriendo era que hubo una ruptura del principio de legalidad de las penas porque se le dio la potestad al gobierno y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de definir cuáles eran los cargos, profesiones u oficios que entrarían en el régimen de inhabilidades y como es una sanción de carácter penal, esto solo lo puede definir el Congreso de la República y el congreso delegó lo que es indelegable, es decir, definir las penas.

Reiteró que las inhabilidades en Colombia están tasadas entre 5 y 20 años máximo y que la decisión de la Corte Constitucional es plausible porque entiende que las personas necesitan de una oportunidad de la sociedad.


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