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Tribunal definirá participación de Tomás y Jerónimo Uribe por zona franca de Mosquera

Los hijos del expresidente Álvaro Uribe solicitaron ser tenidos en cuenta como terceros interesados en el debate de una acción popular.

Publicado:
Actualizado:
Lunes, Julio 15, 2019 - 13:30
Tomás y Jerónimo Uribe
Tomás y Jerónimo Uribe, son hijos del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Foto: Archivo Colprensa

Los hermanos Tomás y Jerónimo Uribe Moreno podrán ser tenidos en cuenta en el proceso que se adelanta por el establecimiento de la zonas francas en el municipio de Mosquera (Cundinamarca). 

 

Con ponencia del magistrado Carlos Enrique Moreno, la Sección Quinta del Consejo de Estado determinó que el ponente de la acción popular en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca deberá resolver si admite o no la petición hecha por los Uribe Moreno como terceros interesados en este caso. 

El alto tribunal resolvió un recurso de súplica presentado por la defensa de los empresarios quienes argumentaron que pese a ser señalados en la acción popular como propietarios de los lotes El Paraíso y San Laureano, ubicados en el caso urbano de Mosquera nunca fueron vinculados al caso. 

En este recurso consideran que de ser reconocidos podrán presentar sus argumentos en el debate que se adelanta en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

De no ser reconocidos se podría estar viendo vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa puesto que no estarían participando en el asunto "como quiera que se les refiere como posibles vulneradores de los derechos colectivos a través de sus actos de comercio" con los lotes de su propiedad. 

En el debate jurídico la Sala le ordenó al magistrado Alberto Montaña Plata del Tribunal Administrativo de Cundinamarca revisar el fallo emitido el pasado 2 de mayo, en el cual determinó que se habían vencido los términos para el reconocimiento de la petición de los Uribe Moreno. 

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo sostuvo que cuando se niega la solicitud de un tercero para intervenir en el curso de una acción popular, cabe el recurso de reposición y no el de súplica, que fue el mecanismo al que se vieron obligados a acudir los Uribe Moreno.

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Con el fin de garantizar el acceso a la administración de justicia, la Sala Plena remitió nuevamente el expediente al despacho del magistrado ponente para que adecúe el estudio de esta solicitud al recurso reposición, lo que abre una posibilidad para que los Uribe Moreno sean reconocidos como terceros intervinientes.

El abogado Felipe Lleras Zuleta radicó en 2011 una la acción popular en contra de los Ministerios de Hacienda; Comercio, Industria y Turismo; a la Comisión Intersectorial de Zonas Francas y a la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) para obtener la protección del derecho colectivo a la moralidad administrativa, el cual consideró vulnerado con ocasión de la autorización, conformación y operación de la Zona Franca de Occidente.

Fuente:
RCN Radio