Procuraduría solicita anular fallo que paralizó el proyecto 'Uchuva 2'

La Procuraduría reiteró que la suspensión de este proyecto pone en riesgo la seguridad energética de Colombia.
Procuraduría
La petición se dio en medio de la actual crisis hídrica y la necesidad de diversificar las fuentes de energía. Crédito: Colprensa

La Procuraduría General solicitó declarar la nulidad del fallo de tutela emitido por un juez de Santa Marta, que paralizó la suspensión inmediata de todas las actividades relacionadas del proyecto de exploración y explotación en el área de interés de perforación exploratoria Tayrona en el pozo Uchuva 2.

Con esta petición, el organismo respaldó las impugnaciones interpuestas por el Gobierno Nacional contra este fallo judicial.

De acuerdo con el delegado de la Procuraduría para Asuntos Ambientales, Mineroenergéticos y Agrarios, Gustavo Guerrero, esta acción judicial, que se suma a la situación con el pozo Komodo-1, “está poniendo en riesgo la seguridad energética del país, en cuanto al suministro de gas”.

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Según el delegado de la Procuraduría, el juez ordenó la suspensión de la perforación y exploración de este pozo en el mar Caribe, lo que resulta muy grave.

“Sumamente preocupante en tiempos donde vamos a necesitar todo el gas disponible para las térmicas, para los automóviles y, especialmente, para el suministro de gas domiciliario en los hogares”, indicó la Procuraduría.

En el marco del análisis de este caso, ese organismo le pidió al Tribunal de Segunda Instancia decretar la nulidad, ordenando la vinculación de las entidades que deben ser llamadas a intervenir dentro de esta acción, como son la AUNAP, el INVEMAR, la DIMAR, las Capitanías de Puerto de Riohacha y Magdalena, para que comparezcan y contesten la demanda del gobernador indígena de la comunidad de Taganga.

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De igual forma, la Procuraduría solicitó que se ordene a la Anla que a través del seguimiento y control ambiental a las disposiciones, obligaciones, términos, condiciones y estipulaciones señaladas en la licencia ambiental y sus actos modificatorios, garantice el derecho de participación ciudadana de las comunidades interesadas, en especial, el cabildo indígena Taganga.





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