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Presidente Petro se retracta de señalamientos contra el fiscal Mario Burgos

Un fallo del Tribunal Administrativo de Bogotá le ordenó al mandatario hacerlo de manera pública.

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Jueves, Octubre 16, 2025 - 01:07
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Camila Díaz - La FM

Tras un fallo del Tribunal Administrativo de Bogotá, el presidente Gustavo Petro se retractó de manera pública de los señalamientos que hizo contra el fiscal Mario Burgos a quien llamó “narcofiscal”, en una de sus alocuciones.

El mandatario resaltó que Mario Burgos goza como todo ciudadano de la presunción de inocencia y reconoció que sus pronunciamientos se dieron sin pruebas, basados en críticas que argumentó fueron por motivo de control político amparadas en su investidura.

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La retractación

Primero: Que reconozco expresamente que el fiscal Mario Andrés Burgos Patiño tiene investigaciones, pero no tiene condenas, ni sanciones judiciales o disciplinarias en su contra a la fecha, y que, como todo ciudadano colombiano goza de la presunción de inocencia consagrada en nuestra Constitución Política.

Segundo: Las manifestaciones que he realizado sobre la actuación profesional del fiscal Burgos constituyen juicios de valor y opiniones críticas emitidas en ejercicio del control político propio de mi investidura y en el marco del debate democrático.

Tercero: Reafirmo mi compromiso con la independencia judicial como pilar del Estado Social de Derecho, al tiempo que mantengo mi prerrogativa constitucional de ejercer la crítica política sobre asuntos de interés general que afecten la transparencia institucional y la confianza ciudadana, siempre con el respeto y garantía a los derechos humanos.

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Cuarto: Esta declaración representa un acto de acatamiento a las decisiones judiciales, pilar fundamental de nuestra institucionalidad democrática.

Quinto. Pueblo colombiano: fiel a la sinceridad que siempre me ha unido a ustedes, debo expresar una preocupación legítima.

Finalmente, el presidente aclaró que no hizo el pronunciamiento en alocución porque un fallo del Consejo de Estado del 16 de septiembre del año en curso, lo limita a adelantarlas solo cuando sean temas de urgencia nacional.

“Así, una orden judicial que me exige hablar se enfrenta a otra que me ordena callar. Surge entonces una tensión institucional profunda: ¿es constitucionalmente proporcional limitar la voz del Presidente de la República cuando el tema en debate es la transparencia de la justicia, fundamento de la confianza ciudadana y del principio de unidad nacional consagrado en el artículo 188 de la Constitución?”, indicó el jefe de Estado.

y agregó que: “¿Puede silenciarse a quien, por mandato de ese mismo artículo, debe ser símbolo de la unidad del pueblo colombiano? Con el más profundo respeto hacia las altas cortes, considero que esta contradicción encierra un riesgo grave de censura institucional”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información