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¿Por qué una magistrada de la Corte Suprema dijo no a la ilegalidad del paro de pilotos?

LA FM tuvo acceso a una carta en la que mediante “salvamento de voto” explicó las razones por las que votó negativamente y consideró que el cese de actividades fue legal.

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Actualizado:
Viernes, Diciembre 1, 2017 - 13:38
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Imagen de referencia de Colprensa

Se trata de la magistrada Clara Cecilia Dueñas, quien radicó este documento ante el magistrado ponente del proceso, Rigoberto Echeverri, y allí sostuvo que el paro de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles no afectó un servicio público esencial y cumplió con los requerimientos de ley para su convocatoria.

En el primero de los puntos, la magistrada Dueñas sostiene que “la calificación de un servicio público esencial depende de la concurrencia de dos factores: (i) uno formal o de orden legal, en virtud del cual debe existir una decisión del legislador de catalogar un determinado servicio como esencial; y (ii) uno material, consistente en que ese servicio, real y efectivamente, sea vital para la comunidad…”

En esta comunicación la jurista también sostiene que la huelga es un “derecho fundamental de los trabajadores” y que por lo tanto “...las normas que consagran el derecho de huelga deben comprenderse del modo más amplio posible o extenso, y a la inversa, sus limitaciones deben interpretarse restrictivamente”.

En lo referente a los argumentos de la Corte Suprema de Justicia que indicaron que la votación de la huelga de ACDAC no cumplió con las mayorías necesarias, la magistrada Clara Cecilia Dueñas sostuvo que este es un sindicato de gremio y no de industria y que así lo plasmó en sus textos de convención colectiva.

“No es cierto que la organización sindical demandada se autodefinió, libremente, como sindicato de industria, y así se registró ante las autoridades, por lo que debe ser consecuente con su naturaleza y no camuflarse en otras tipologías sindicales, a su antojo, expresó la carta enviada a la Corte Suprema de Justicia.

La magistrada Clara Cecilia Dueñas señaló que es trabajo de ese alto tribunal “adecuar la norma a la realidad y evitar interpretaciones restrictivas de los derechos fundamentales”, al tiempo que reiteró que por la naturaleza del trabajo de los pilotos, era imposible que ACDAC reuniera a todos sus miembros para dicha votación.

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia declaró ilegal la huelga de pilotos de Avianca, afiliados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC), que se desarrolló entre el 20 de septiembre y el 10 de noviembre de 2017 (51 días en total).