Breadcrumb node

Ponencia en Corte Constitucional propondría personería jurídica para el Nuevo Liberalismo

El caso se encuentra en debate en la sala plena, por parte de los nueve magistrados.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Julio 15, 2021 - 13:38
Corte Constitucional
Corte Constitucional
Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional estudia una ponencia presentada por el magistrado Jorge Ibáñez que propondría darle personería jurídica al Nuevo Liberalismo, como se planteó en un recurso presentado por la viuda de Luis Carlos Galán y otros contra la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) que la sepultó.

El caso se encuentra en debate en la sala plena, por parte de los nueve magistrados, y para que se apruebe la ponencia de Ibáñez se necesita un mínimo de cinco votos.

Le puede interesar: Colombia debe mejorar seguridad en áreas afectadas por conflicto: ONU

La decisión del CNE, que esta en estudio y con tutela de por medio, se dio a conocer en febrero de 2019, cuando la Sala Plena de ese organismo confirmó la resolución que negaba la personería jurídica al partido que quieren revivir los hermanos Juan Manuel y Carlos Fernando Galán.

En esa decisión el CNE desestimó los argumentos que presentó la Procuraduría General de la Nación a favor de revivir el partido y acogió la ponencia del magistrado Jorge Enrique Rozo.

El caso pasó al Consejo de Estado que en mayo de ese mismo año dejó en firme la decisión de CNE. En esa decisión se dijo que, “aunque el Consejo de Estado reconoce vehementemente que los miembros de esta agrupación política fueron objeto de violencia, encontró demostrado que el motivo por el cual la autoridad electoral canceló su personería jurídica en 1988 fue la solicitud expresa efectuada a través de su máximo dirigente, Luis Carlos Galán Sarmiento, como consecuencia de la reincorporación al Partido Liberal”.

Lea también: Santrich murió en medio de riñas con otros mafiosos por coca: Duque

La sección quinta también dijo que no era posible “reactivar la Personería Jurídica de dicha organización a partir del “Acuerdo Final Para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” firmado entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, porque su aplicación requiere desarrollo normativo; aunado a que en el caso de esta última organización fue la propia Constitución Política (Acto Legislativo 03 de 2017) la que le reconoció personería jurídica”.

Más adelante, la decisión advierte que “no existe un trato discriminatorio respecto de la Unión Patriótica, por cuanto, en el caso resuelto por la Sección Quinta el 4 de julio de 2013 se dejó de aplicar el umbral para conservar la personería jurídica debido a que fue precisamente la violencia la que le impidió alcanzarlo; mientras que el Nuevo Liberalismo se despojó de tal personería para emprender un nuevo proyecto político a partir del acuerdo programático celebrado con el Partido Liberal”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información