Breadcrumb node

Petro firmó extradición de exmilitar involucrado en atentado a la Brigada 30 en Cúcuta

El exmilitar se vio involucrado en el atentado contra una brigada del Ejército en el que resultaron heridos tres estadounidenses.

Publicado:
Actualizado:
Lunes, Septiembre 18, 2023 - 16:43
Presidente Gustavo Petro Urrego
Presidente Gustavo Petro Urrego
Presidencia

Con resolución en mano, el presidente Gustavo Petro avaló la extradición hacia Estados Unidos del exmilitar Andrés Fernando Medina Rodriguez, por su presunta participación y responsabilidad en el atentado con carro bomba contra la Brigada 30 del Ejército en Cúcuta de 2021.

En los hechos se vieron involucrados tres militares estadounidenses que resultaron heridos y otras 36 personas, por lo que el exmilitar saldrá en las próximas horas para responder ante las autoridades del país norteamericano. 

Los delitos por los que es requerido por la Corte Distrital del sur de la Florida son concierto para asesinar oficiales y empleados militares estadounidenses, apoyar terroristas y concierto para usar arma de destrucción masiva contra ciudadanos estadounidenses en Colombia.

La Corte Suprema de Justicia había aprobado la extradición de Medina, capitán en retiro del Ejército, en abril pasado de 2023 y quien es señalado de participar de dicho atentado.

Lea también: Rifirrafe entre Iván Duque y Gustavo Petro por Cuba

La Sala Penal accedió a la solicitud de la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, que solicita a Medina por las tentativas de homicidio de los militares estadounidenses y el concierto para cometer esos homicidios.

“El Estado reclamante fundamentó que las víctimas tenían la calidad de personas internacionalmente protegidas, con sustento en que además de ser soldados, entendiéndose miembros del Ejército de los Estados Unidos de América, adscritos a las Fuerzas de Seguridad (SFAB), en la fecha de comisión de los delitos se encontraban cumpliendo labores de Apoyo a la Misión (MSS), en la Brigada 30 del Ejército Nacional en Cúcuta”, señala la providencia.

“Por ende, debe ser juzgado en este país bajo la normatividad nacional. Manifestó que lo contrario supone afectaciones al principio del non bis in ídem, toda vez que, de autorizar la extradición, su representado sería juzgado dos veces por la misma causa”, explican los magistrados. 

Además, el defensor alegó que el capitán en retiro figuraba en una de las listas entregadas por los comandantes de las disidencias de las FARC en donde era designado como “gestor de paz”. Sin embargo la Corte desestimó este argumento pues Medina no se acogió al Acuerdo de Paz.

Fuente:
Sistema Integrado de Información