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Ley que impide prescripción de delitos sexuales recibe nueva demanda en su contra

El Colegio de Abogados Penalistas de Colombia considera que la norma es contraria a la Constitución.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Mayo 4, 2021 - 14:30
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La Corte Constitucional recibió una nueva demanda contra la ley 2081 de 2021, que impide que prescriban los delitos sexuales contra menores de edad en Colombia.

El recurso lo interpuso el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, tras considerar que la norma es contraria a la Constitución y va en contra vía de los derechos fundamentales y el interés superior de proteger a los niños, niñas y adolescentes víctimas de esos delitos.

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De acuerdo con lo que explica esa organización, una imprescriptibilidad de delitos contra menores de edad podría llevar a que un caso se prolongue en el tiempo, restándole importancia a la víctima a acceder a la justicia pronta y efectiva.

“En la medida que los procesos donde fungen como víctimas los menores de edad apremian una resolución temprana, pues la efectividad y materialización de sus derechos no se alcanzan, ampliando ilimitadamente los términos de ejercicio de la acción penal”, destaca uno de los apartes del texto de la demanda.

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En la Corte Constitucional cursa otra demanda liderada por estudiantes del Semillero en Derecho Penitenciario de la Universidad Javeriana y Psicología Forense de la Universidad El Bosque.

Ellos coinciden con el Colegio de Abogados Penalistas, al considerar que la ley viola los derechos de las menores víctimas del delito, pues al no existir un tiempo determinado para esclarecer el caso, podría abrir la puerta a la impunidad. 

“Vulnera los derechos de los niños (…) toda vez que sin tener un término de prescripción, la Fiscalía General de la Nación no priorizará los casos de violencia sexual en contra de los menores”, dice esa demanda.

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Ambas demandas piden a la Corte Constitucional declarar inconstitucional esa norma que impide la prescripción o el archivo de casos, por delitos sexuales contra menores de edad.

 

Fuente:
Sistema Integrado de Información