La JEP y sus argumentos para negar la extradición de 'Jesús Santrich'

La Sala de Revisión determinó que se presentaron varias irregularidades en este caso.
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Archivo Colprensa.

Por falta de elementos materiales probatorios la Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó la solicitud de extradición presentada por una Corte de los Estados Unidos en contra del excomandante guerrillero Seuxis Paucias Hernández Solarte, alias 'Jesús Santrich'.

En contexto: JEP no avaló extradición de 'Jesús Santrich' y ordenó su libertad

Con una votación de 3.2, la Sala aplicó la garantía de no extradición a favor del exjefe de las Farc quien era requerido por planear un envío de 500 toneladas de cocaína a los Estados Unidos.

En el debate jurídico se determinó que las autoridades encargadas no enviaron todas las pruebas que permitieran inferir el tiempo, modo y lugar de los hechos materia de investigación contra el excomandante de las Farc.

"No pudo evaluar la conducta para determinar la fecha precisa de su realización, dado que el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América no remitió las evidencias solicitadas", explicó el magistrado Jesús Ángel Bobadilla, presidente de la Sección de Revisión.

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Igualmente se advirtió que en el caso de la interceptaciones telefónicas recolectadas por la Fiscalía General en otro caso pero que involucraría a 'Santrich' nunca fueron enviadas. "No se reveló la conducta atribuida a Hernández Solarte en la solicitud de extradición".

En este punto se advierte que se presentaron serías irregularidades en el proceso de recolección de pruebas en este caso, resaltando que nunca se allegaron los elementos materiales para determinar la fecha en la que se presentaron los hechos materia de investigación con el único fin de establecer si se presentaron después de la firma del acuerdo final de paz.

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos nunca envió las evidencias solicitadas para verificar los hechos por los cuales el exjefe guerrillero fue solicitado en extradición por parte de una Corte del Distrito de Nueva York.

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"En el caso concreto nunca se concluyó que la conducta no existió, sino que, por falta de pruebas, no pudo evaluarla", manifestó el magistrado Bobadilla en rueda de prensa tras explicar los alcances de la decisión.

Igualmente se resalta que las pruebas que se filtraron en medios de comunicación y redes sociales nunca fueron enviadas formalmente a la JEP, situación por la cual no pueden hacer pronunciamiento sobre este tipo de elementos.

"Se destaca que los videos inaudibles que circularon por redes sociales y que la Sección le pidió a la Fiscalía General de la Nación y las autoridades de Estados Unidos no fueron entregados a la Jurisdicción y no obran en el expediente", precisó el magistrado.

La JEP tuvo en cuenta además las contradicciones y omisiones en las que incurrieron los funcionarios de la Fiscalía y los agentes de la DEA que participaron en la invetigación y captura contra 'Santrich'.

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"Respecto a la declaración jurada del agente de la DEA Brian Witek se constataron serias irregularidades, por cuanto la FIscalía General no aportó la solicitud de asistencia judicial que debía tramitar la autoridad extranjera y al responderle a la JEP sobre ese requerimiento justificó la ausencia de la asistencia judicial y del control judicial de las actuaciones de los testigos cooperantes, argumentando que intervinieron como particulares", señaló el magistrado.

En este punto se advierte que las autoridades de los Estados Unidos pudieron haber violado las normas de cooperación internacional y asistencia judicial en el recaudo de pruebas en Colombia.

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