La Corte Suprema absuelve a Julio Gallardo Archbold de cargos por corrupción

El proceso de contratación en cuestión fue abierto en 2006, encabezado por el congresista.
Corte Suprema de Justicia referencia
Corte Suprema de Justicia referencia Crédito: RCNRadio

La Corte Suprema de Justicia absolvió al expresidente de la Cámara de Representantes, Julio Eugenio Gallardo Archbold, del delito de firma de contrato sin requisitos legales, por la adjudicación de un acuerdo para la adquisición de equipos de cómputo para esa corporación.

El proceso de contratación en cuestión fue abierto en 2006, encabezado por el congresista, pero posteriormente la licitación fue puesta a cargo de subalternos del representante, quienes debían dar a conocer todos los detalles y adendas acordadas. Sin embargo, esto no sucedió y se registraron inconsistencias en las condiciones del pliego de requisitos.

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Frente a este escenario, teniendo en cuenta que los subalternos no informaron correctamente todos los aspectos relacionados con la licitación, los magistrados explicaron que no era posible imputar responsabilidad al congresista.

"No se aprecia la posibilidad de endilgar responsabilidad penal al acusado GALLARDO ARCHBOLD, cuando, en primera medida, no fue debidamente informado por todo el equipo asesor que lo rodeó –tanto interno como externo- de los detalles técnicos y jurídicos que pudieren significar tipificación de un injusto, como ha sucedido en este caso", dice la decisión.

Los magistrados insisten en que hubo un desconocimiento absoluto, por parte del congresista ante la existencia de una de las adendas del contrato, por la que se modificó el contrato y se generaron irregularidades.

"Se encuentra acreditado el desconocimiento absoluto que el aforado tuvo sobre la existencia de la adenda 01 de 2006 durante el trámite licitatorio del contrato 270 de 2006, cuya modificación constituyó una irregularidad insalvable en el referido trámite y con lo cual se violaron los principios de la contratación estatal", señala el fallo.

Para la corte, las presuntas irregularidades no fueron posibles de detectar pese al ejercicio de vigilancia y control que adelantó Archbol, debido a que no fue notificado de una adenda, pese a sostener varias reuniones con los encargados del contrato.

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"Ni si quiera pudo verse superado con los actos de vigilancia y control que necesariamente adelantó el procesado sobre el trámite licitatorio investigado, desplegados tan pronto se suscitó la atención nacional sobre el mismo", concluye la decisión.


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