Breadcrumb node

Jueces no podrán restringir el ingreso de la prensa a las audiencias judiciales

La Corte Constitucional falló a favor de los periodistas.

Actualizado:
Jueves, Mayo 7, 2020 - 17:41
Periodistas prensa
AFP

La Corte Constitucional falló la tutela que presentaron un grupo de periodistas para reclamar la protección a libertad de expresión, libertad de prensa y el derecho al trabajo.

La tutela se interpuso contra el juzgado 22 penal municipal con función de garantías de Bogotá y la Fiscalía General que no permitió el ingreso a una audiencia preliminar en contra del entonces director de la Cárcel La Modelo por presuntos hechos de corrupción.

Lea además: Confirman sanción a constructoras por atentar contra la libre competencia

El alto tribunal concluyó que en esa oportunidad se vulneraron los derechos a la libertad de prensa que tenían los periodistas para ingresar a la audiencia pública.

Para tomar la decisión, la Corte partió de la base de que no debe haber limitaciones para el acceso a la información, derecho de expresión y libertad de prensa, reseñando que los jueces no podrán despojar a los periodistas de sus elementos  trabajo como cámaras y micrófonos. 

Pero aclara que si llegase a existir alguna limitación debe partirse del hecho que la reserva y la restricción al ingreso tenga carácter legal, esto quiere decir que exista una ley en la que se establezca esa reserva. “No es un criterio que tenga que ver con decisión del juez o la Fiscalía o alguna de las partes del proceso”.

El alto tribunal aclaró que que si llegase a existir esa limitación, el juez estaría obligado a informar a los periodistas a través de una rueda de prensa los pormenores que se puedan dar a conocer de la audiencia restringida.

Lea también: Comandante de las FF.MM. deberá asistir a la Fiscalía por perfilamientos ilegales

En ese sentido, la Sala fijó una serie de reglas y criterios para el ejercicio de la prensa en el marco de audiencias judiciales, enmarcados en que la restricción debe estar justificada en un nivel de riesgo o afectación a menores de edad, seguridad nacional que es lo que este contenido en la ley. “Si no existe justificación alguna no se podrá restringir la publicidad”

La tutela de los periodistas pasó por los Tribunales y la Corte Suprema de Justicia, las cuales negaron  en diferentes instancias la petición de los comunicadores.

Esas decisiones llevaron a que la Fundación para la Libertad de Prensa hicieron fuertes rechazos a la decisión de la Corte Suprema, que en su momento había concluido que un mensaje a través de la red social Twitter era suficiente para informar a todo un país sobre el desarrollo de una audiencia.

Fuente:
Sistema Integrado de Información