Gustavo Petro se pronunció tras el fallo de la Corte IDH

Funcionaros de elección popular no pueden ser destituidos por la Procuraduría, aseguró.
Gustavo Petro, congresista
Gustavo Petro, congresista Crédito: Foto de Colprensa

El senador Gustavo Petro se pronunció luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos declarara responsable al Estado colombiano por su destitución cuando se desempeñó como alcalde de Bogotá.

El líder del movimiento Colombia Humana afirmó que la sentencia emitida por esta corporación internacional, debe ser asumida dentro del bloque de constitucionalidad.

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Petro dice que esto demuestra que ningún organismo administrativo, como la Procuraduría, puede destituir alcaldes, gobernadores o incluso senadores de la República, ya que dicha competencia solo le pertenece a los jueces penales.

Los órganos administrativos, léase Procuraduría, Contraloría y otros similares, no le pueden quitar derechos políticos a los funcionarios y servidores públicos de elección popular”, indicó.

Dijo además que “siendo esto una sentencia de la Corte, siendo cosa juzgada y bloque de constitucionalidad de Colombia”, la decisión debe respetarse y cumplirse de aquí en adelante.

Los funcionarios de elección popular no pueden ser destituidos por órdenes administrativas, ni sus derechos políticos pueden ser vulnerados y esto tiene que ver con los congresistas en ejercicio, que no pueden ser destituidos o suspendidos simplemente por decisiones administrativas de la Procuraduría o de órganos similares”, añadió.

Ante esto, el senador Petro le propuso al presidente del Congreso, Arturo Char, liderar junto con el Gobierno Nacional una reforma legislativa que modifique la Constitución Política y elimine las contradicciones que hoy existen contra el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

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El entonces procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, determinó que el alcalde Petro incurrió en fallas gravísimas tras haber modificado el esquema de recolección de basuras en la capital del país.

Sin embargo, en la sentencia de la Corte Interamericana se establece que por esta determinación, el Estado deberá indemnizar a Gustavo Petro con alrededor de 28.000 dólares.


ELN

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