Gustavo Malo fue llevado a la Escuela de Artillería número 13

El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia fue trasladado después de ganar una tutela.
Gustavo Malo, magistrado de la Corte Suprema de Justicia / Colprensa
Gustavo Malo, exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia. Crédito: Colprensa

El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Gustavo Malo, procesado por el denominado cartel de la toga, tuvo que interponer una tutela para proteger sus derechos fundamentales y ser trasladado a un centro de reclusión acorde a su posición como exmagistrado de una alta corte.

Después de ganar la tutela, RCN Radio confirmó que Malo fue trasladado de los calabozos del búnker de la Fiscalía, a la Escuela de Artillería número 13 del Ejército, que se encuentra ubicada en el sur de Bogotá.

El exmagistrado decía en la tutela que, por su seguridad, no podía permanecer en un centro de reclusión común donde posiblemente se pudiera cruzar con personas condenadas por él, cuando se desempeñó como magistrado.

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En el fallo de tutela que le dio la razón, la Corte Suprema de Justicia cuestionó al Inpec y a la Dirección de Centros de Reclusión Militar por las negativas para recluir a Malo en una guarnición militar.

Dice que esas negativas posiblemente estarían violando el derecho a la igualdad del exmagistrado, dado que personajes como el exministro Andrés Felipe Arias, que no ostenta calidad de militar, si permanecía en un centro de las Fuerzas Armadas.


“Lo anterior, deja en evidencia las facultades con las que cuenta el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) para disponer el ingreso de detenidos a los Centros Penitenciarios del Ejercito Nacional”, dice la Corte.

La Corte recordó que el traslado de Malo a una guarnición militar fue una orden dada por la propia Sala de primera instancia el pasado 13 de mayo, cuando se impuso una medida de aseguramiento contra el exmagistrado por los delitos de concierto para delinquir, cohecho propio, prevaricato y utilización de asuntos sometidos a reserva.

“Las autoridades carcelarias, militares ni de policía cuentan con competencias para controvertir una decisión judicial que se encuentra debidamente ejecutoriada (…) resulta inadmisible que el Inpec y los directores de los centros de reclusión de miembros de la Fuerza Pública autoricen el ingreso a sus instalaciones de algunas personas (…) pero que lo nieguen sistemáticamente en el caso de otras respecto de quienes, legítimamente se ha impuesto tal medida”.



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