Fallo de tutela ordena suspender erradicación de cultivos ilícitos con glifosato

El fallo responde a una acción de tutela interpuesta en el año 2020 por la Red de Derechos Humanos del Pacifico de Nariño, REDHPANA.
La Aspersión con Glifosato quedó suspendida en virtud del fallo judicial
Crédito: AFP Archivo RCN

La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto le ordenó al Gobierno suspender de forma inmediata la erradicación de cultivos de uso ilícito usando el glifosato.

El fallo responde a una acción de tutela interpuesta en el año 2020 por la Red de Derechos Humanos del Pacifico de Nariño, REDHPANA, en la que solicitaba el respeto por su derecho a la consulta previa y a concertar un plan de sustitución voluntaria antes que un proceso de erradicación forzosa, como está estipulado en el punto cuatro del Acuerdo de Paz.

Lea además: Congresistas recurren a Corte Constitucional para frenar regreso del glifosato

Con la decisión se benefician los diez municipios que hacen parte de la costa del Pacífico de Nariño, entre los que se encuentran Tumaco, Mosquera, Magüí Payán, Santa Bárbara, Roberto Payán, La Tola, El Charco, Francisco Pizarro, Olaya Herrera y Barbacoas. Desde este último la red de Consejos Comunitarios del Pacifico Nariñense, Recompas, recibió la noticia como un triunfo.

“Es un alivio para nosotros y la supervivencia de nosotros como consejos comunitarios de comunidades negras de acá de Nariño, es un aliento más porque siempre hemos dicho que la fumigación aérea no es la forma más adecuada de combatir los cultivos ilícitos en Nariño, por todo lo que ocasiona, la catástrofe ambiental que ocasiona en nuestro territorio”, expresó Olver Córdoba representante legal de Recompas.

Le puede interesar:Consejo de Seguridad de la ONU prolonga el mandato de Misión en Colombia

En su parte resolutiva el fallo proferido por el Tribunal con ponencia del magistrado Franco Solarte Portilla se señala:

“Primero: Revocar el fallo impugnado y en su lugar tutelar el derecho fundamental a la consulta previa de las comunidades que pertenecen a los territorios colectivos y ancestralmente ocupados del pacífico nariñense (municipios de San Andrés de Tumaco, Mosquera, Magüí Payán, Santa Bárbara, Roberto Payán, La Tola, El Charco, Francisco Pizarro, Olaya Herrera y Barbacoas) que se encuentran representados en esta acción tutelar por la Red de Derechos Humanos del Pacífico Nariñense".

"Segundo: Ordenar la suspensión inmediata de las actividades de erradicación forzada en los territorios colectivos y ancestralmente ocupados del pacífico nariñense (municipios de San Andrés de Tumaco, Mosquera, Magüí Payán, Santa Bárbara, Roberto Payán, La Tola, El Charco, Francisco Pizarro, Olaya Herrera y Barbacoas) que se encuentran representados en esta acción tutelar Fallo tutela segunda instancia 0Radicación: Grupo 16 No. 2020-00302-01 M.P. Franco Solarte Portilla 46 por la Red de Derechos Humanos del Pacífico Nariñense hasta tanto se cumpla lo previsto en el numeral tercero de esta providencia".

Mire además: Comité del Paro liderará una nueva movilización para el 12 de mayo

El fallo también señala que en consecuencia, el Ejército y la Policía Nacional en coordinación con el Ejecutivo no podrán adelantar los operativos.

"Tercero: Ordenar al Ministerio del Interior (en consuno con las demás entidades convocadas a esta acción de tutela que por el tipo de materia llegaren a tener competencia, interés y legitimidad en el asunto, conforme el proceso que lidere dicha cartera ministerial) que en el término de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia inicien las diligencias pertinentes en pos de adelantar un proceso de consulta con las comunidades accionantes, mediante un procedimiento apropiado, teniendo en cuenta los parámetros fijados en la parte motiva de esta sentencia".

Puede leer: Duque traslada a la ONU su compromiso con un diálogo nacional

"Este proceso deberá completarse en un período de noventa (90) días hábiles contados a partir de la notificación de esta providencia, prorrogable, por solicitud de las partes, por una sola vez, por un período de sesenta (60) días adicionales. De los avances del proceso hasta su finalización deberán entregar reportes periódicos al Juzgado de primera instancia".

"Cuarto: Solicitar a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación que, de manera conjunta, realicen seguimiento a la orden impartida por este Tribunal, con el propósito de garantizar efectivamente lo aquí ordenado".

"Quinto: Declarar improcedente la acción para los demás fines perseguidos por los accionantes”.


Temas relacionados

Corte Constitucional

Jorge Enrique Ibáñez impugnó el fallo de tutela que le ordena retractarse por acusar a su expareja de abuso sexual

Con el recurso, el magistrado seguirá guardando silencio mientras una segunda instancia se pronuncia de fondo.
Jorge Enrique Ibáñez en la Corte Constitucional



ELN libera a menor que secuestró tras señalarlo de ser supuesto informante del Ejército

El joven de aproximadamente 17 años fue entregado a una comisión humanitaria.

Expectativa, una orden de captura y una docena de documentos: El dossier que impulsa la solicitud de extradición de Zulma Guzmán

El Gobierno colombiano espera una respuesta del británico. La cacería contra la señalada por el asesinato de dos menores continúa.

"Nadie es dueño del Estado": presidente de la Corte Constitucional habla sobre justicia y defensa de la Constitución en Colombia

Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional, durante su entrevista en 'Aquí y Ahora' de La FM.

Decreto de emergencia económica: estos son los riesgos jurídicos y fiscales, según analista constitucional

Un borrador de decreto plantea cambios fiscales que generan advertencias jurídicas.

Alfredo Arias ya se prepara para los retos del Junior en 2026: “La idea central de atacar no cambia”

Alfredo Arias

Exministro de Hacienda explica por qué no procede la emergencia económica del gobierno

emergencia economica restrepo cuestiona emision de bonos por 6000 millones de dolares y su impacto fiscal

"La Constitución no se puede ir de vacaciones": Expresidente de la Corte cuestiona decreto de emergencia económica

emergencia economica expresidente de la corte cuestiona procedencia de emergencia economica

Secuestro de 18 soldados en el Chocó: Ejército señala instrumentalización de comunidades indígenas por parte del ELN

ejercito senala instrumentalizacion de comunidades indigenas por el eln y entrego balance sobre actos extorsivos

Las siete razones por las cuales no aplicaría la emergencia económica que decretaría el gobierno

emergencia economica siete razones por las cuales no aplicaria la emergencia económica que decretaria el gobierno

Semana definitiva para saber quiénes van a consultas, quiénes a encuesta o directo a primera vuelta

Elecciones presidenciales 2026

Las seis de las 6 con Juan Lozano | Lunes 22 de diciembre de 2025

Estas son las noticias más importantes del 22 de diciembre de 2025

🔴 En vivo | Noticiero La FM - 22 de diciembre 2025

Portada Noticiero