Ernesto Macías no perderá su investidura como senador

El Consejo de Estado determinó que el expresidente del Senado no incurrió en un conflicto de intereses.
Ernesto Macías, senador del Centro Democrático.
Ernesto Macías, senador del Centro Democrático. Crédito: Colprensa

El Consejo de Estado negó la demanda de pérdida de investidura presentada contra el senador Ernesto Macías Tovar por presuntamente haber incurrido en un conflicto de intereses cuando adelantó el debate por las objeciones del presidente Iván Duque a unos artículos de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

En el documento de 39 páginas conocido por RCN Radio, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo determinó que no se allegaron elementos materiales de pruebas que pudieran demostrar que el entonces presidente del Senado incurriera en una actitud atípica o dirigida a beneficiar a los integrantes de su colectividad política durante el mencionado debate.

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El demandante sostenía que en la sesión que se realizó el 29 de abril de 2019 se desconoció el impedimento presentado por el senador Carlos Felipe Mejía para participar en el debate de las objeciones al considerar que él había sido víctima directa de las acciones de la guerrilla de las Farc, a cuyos integrantes investiga y juzga dicha jurisdicción especial.

En el análisis jurídico se consideró que en este caso Macías no tenía que declararse impedido para votar o avalar el impedimento presentado por Mejía no tomar decisiones de fondo frente a esta decisión.

“Como en este evento no se demostró que el congresista demandado tenía que declararse impedido o abstenerse de votar la reapertura de un impedimento de otro senador de la República por haber sido recusado, ante la inexistencia de una pugna de sus intereses particulares frente al interés general, cabe concluir que no se presentó el interés directo, particular y actual; de manera que las pretensiones no pueden tener despacho favorable”, precisa la decisión.

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En este sentido se señala que el demandante no acreditó debidamente la existencia de un conflicto de intereses por parte de Macías al desconocer el impedimento de Macías y dejarlo participar activamente en la sesión.

“Tampoco se encuentra acreditado el conflicto, pues no observa qué interés directo y actual podía tener el convocado en la decisión de la reapertura de un impedimento de otro senador, o la relación de causalidad con la tutela interpuesta o que en la misma tuviera un interés personal. Nada demuestra que en efecto el acusado pretendiera dilatar los trámites de la aprobación de la respectiva ley con la interposición de la tutela o con su votación en la reapertura respectiva”, indica la decisión.


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