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El historial de sentencias sobre uso de glifosato en Colombia

Con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, se hará una audiencia pública sobre el uso del herbicida.

Actualizado:
Martes, Marzo 5, 2019 - 23:01
Fumigación con glifosato
AFP
Fumigación cultivos ilícitos con glifosato.

En tres oportunidades, la Corte Constitucional ha evaluado el uso del glifosato y la aspersión aérea para combatir los cultivos ilícitos en el país. De acuerdo con las conclusiones de las sentencias, la Corte ha evidenciado posibles afectaciones a la salud y al medio ambiente con el uso del herbicida. 
 
Por ejemplo, en la sentencia T-300 de 2017 la Corte estudió la fumigación aérea en zonas cercanas a cinco cabildos de la comunidad indígena Nasa y un resguardo indígena ubicado en el departamento de Putumayo. 
 
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En esa oportunidad, el alto tribunal señaló: “De acuerdo con los documentos oficiales aportados al proceso, sí era posible que hubiera generado una sería afectación a las parcelas indígenas, en las cuales se llevó a cabo actividades de aspersión”.
 
En esa sentencia, la Corte pasó a ordenar realizar los procedimientos de consulta previa con las comunidades afectadas con el fin de establecer “los perjuicios y afectaciones que dejó el programa de radicación de cultivos ilícitos mientras éste estuvo vigente”.

Al respecto, en la sentencia T-080 de 2017 la Corte constató que la realización de fumigaciones con glifosato en los territorios del pueblo Carijona del resguardo indígena Puerto Naré en el departamento de Guaviare “género graves afectaciones a los cultivos tradicionales, el bosque tropical y las viviendas de la zona”. 

Según las conclusiones de la Corte, el uso del herbicida “repercutió en problemas de salud y contaminación para la comunidad indígena y su territorio”

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En dicha sentencia la Corte concluyó que el Estado debe “tomar medidas pertinentes que anticipen y eviten cualquier daño” a la salud y el medio ambiente. Además, indicó que debe “encontrarse una forma alternativa de radicación con una sustancia química que no esté catalogada como tóxica”. 

La última sentencia de la Corte y la cual lleva a que el magistrado Alberto Rojas Ríos -como ponente- cite a audiencia pública para este jueves, es la T- 236 de 2017. 

En dicha providencia, la Corte examinó la posible afectación a la salud de los habitantes del municipio de Novita en el departamento del Chocó con el uso del glifosato. 

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Ese despacho evidenció que los programas de erradicación de cultivos ilícitos con el uso del herbicida “presentan un riesgo significativo para la salud humana y el medio ambiente”, y señaló que deben ser objeto de una regulación “cuyo objetivo sea controlar dicho riesgo”. 

Como consecuencia de dicha conclusión, la Corte en esa oportunidad ordenó suspender el uso del glifosato hasta tanto el Estado compruebe con hecho reales, que no se causa daño a la salud y al medio ambiente.

“No reanudar la aspersión aérea con glifosato hasta que se lleve acabo un proceso decisorio en el que un órgano independiente y evalúe el riesgo que representa esta sustancia química, con base en un trámite participativo y técnicamente fundado investigaciones científicas de rigor, calidad e imparcialidad (...) que demuestra ausencia de daño a la salud y el medio ambiente”, dice apartes de la sentencia.

Durante la audiencia pública que se realizará este jueves, los representantes del Gobierno del presiente Iván Duque deberán demostrar con hechos probables que efectivamente el uso del herbicida no causa daño a la salud y al medio ambiente. 

En la diligencia se escuchará al gabinete de ministros del Gobierno, luego de que se conociera la política antidrogas del gobierno de Duque.

Fuente:
Sistema Integrado de Información