Corte Suprema: relación sexual no es necesaria para conformar una unión marital

Dos personas que se llegan a querer y a ayudar mutuamente durante años pueden conformar una unión marital de hecho, sin necesidad que hayan tenido “trato sexual”.
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La Corte Suprema agregó que incluso, los integrantes de esa unión, pueden tener cada uno sus parejas con las que tienen encuentros sexuales, sin que se afecte la “singularidad”.

Es común, encontrarse en la sociedad a dichas parejas que se quieren como hermanos y que conviven durante varios años, se ayudan mutuamente, se dan afecto, sin tener cercanía sexual. Esas personas pueden conformar una familia ante el Estado, aunque nunca se hayan dado un beso en la boca.

Desde luego, en punto del trato carnal, el eje central de la unión marital de hecho y del matrimonio no es propiamente la satisfacción de necesidades sexuales, sino otros valores de su surgimiento, como el auxilio, socorro y ayuda mutua.

La Sala Civil de la Corte Suprema estudió el caso de dos personas en ancianidad que vivían entre Medellín y Copacabana Antioquia, uno de ellos murió a los 80 años. Su amiga de toda la vida demostró que tenía los mismos derechos de una esposa, porque lo acompañó en las buenas en las malas, así no se hayan gustado o tenido una relación sexual.

En la decisión, los magistrados de la Corte tocan un tema sensible: la infidelidad. Dejan claro que esta unión fraterna de amigos que se hayan ayudado y acompañado durante varios años pueden conformar una familia ante el Estado, cada uno haya sido infiel.

No se desconoce, la infidelidad generalmente conduce a la ruptura de la unión marital, pues constituye una afrenta a la lealtad y al respeto recíproco debido. Empero, pese a conocerse la falta, al pervivir la relación de pareja, se entiende que el agraviado la perdonó o toleró, sin afectar la comunidad de vida, pues como se indicó, con esa finalidad se requiere la separación física y definitiva, bastando para el efecto que “(…) uno de los compañeros, o ambos, decidan darla por terminada".

La Corte Suprema con ponencia del magistrado Luis Armando Tolosa, considera que la concepción de familia ha cambiado durante los últimos años y es necesario garantizar los derechos de estas uniones.


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