Corte Suprema cierra puertas de la JEP a Kiko Gómez

La Sala Penal se abstuvo a enviar su expediente a la Jurisdicción Especial para la Paz.
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Colprensa (Archivo).

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud del exgobernador de La Guajira, Juan Francisco ‘Kiko’ Gómez, de enviar su proceso por homicidio a la JEP para revisión.

Para la sala, con ponencia de la magistrada Patricia Salazar, los hechos por los cuales fue condenado no tienen relación con el conflicto armado, por lo cual no se cumplen los requisitos para remitir el caso.

“Descarta que la existencia del conflicto armado interno haya sido la causa de su comisión, o haya jugado un papel sustancial en su capacidad para cometer las conductas punibles,” dice el documento de la Corte.

Gómez fue sentenciado a 55 años de prisión por el homicidio de la exalcaldesa del municipio de Barrancas, Yandra Brito, su esposo y escolta, ocurrido el 28 de agosto de 2012.

En 2017, el Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme la sentencia los delitos de homicidio agravado, tentativa de homicidio, concierto para delinquir y porte ilegal de armas.

Se comprobó que Gómez dio la orden a la banda criminal de Marcos de Jesús Figueroa, alias Marquitos, para asesinar a la exalcaldesa de Barrancas.

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