Corte Suprema condena a 10 años de prisión al exgobernador del Magdalena Ómar Diazgranados

Condenan por corrupción al exgobernador del Magdalena Ómar Diazgranados a 10 años y 7 meses de prisión
Condenan a exgobernador del Magdalena
Condenado Omar Diazgranados por concierto para delinquir Crédito: Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia condenó a 10 años y 7 meses de o ruso al ex gobernador del Magdalena, Ómar Diazgranados por los delitos de concierto para delinquir y lavado de activos. Según La Corte Suprema, Diazgranados habría recibido altas sumas de dinero de la Captadora DMG de David Murcia Guzmán a cambio de entregarle contratos.

Además de su condena, fue multado por 12.931 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena principal privativa de la libertad.

La Sala le negó al condenado la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

Según la sentencia condenatoria emitida por este Tribunal, se dio por probado que el procesado, en condición de candidato a la gobernación del Magdalena para el periodo 2008-2011 y luego siendo electo y ya fungiendo como tal, entre los años 2007 y 2008 acordó con David Murcia Guzmán, a través de diferentes reuniones, recibir sumas de dinero del Holding DMG y recursos en especie como apoyo a su campaña política, a cambio de la adjudicación de contratos a favor de las empresas vinculadas con dicho grupo económico.

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Este comportamiento fue agravado teniendo en cuenta que tuvo como propósito contribuir a las actividades ilegales de lavado de activos que para esa época realizaba DMG, a través de una red multinacional encaminada a ocultar y redistribuir las utilidades provenientes de distintos delitos.

Al proceso también está vinculada Laura María Úsuga Varela en calidad de exgobernadora encargada del departamento del Magdalena por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La Sala emitió sentencia absolutoria en su caso. No se encontró demostrado que hubiera actuado con dolo en sus actuaciones frente a la licitación pública No. LPA-02-08 a la empresa Provitec Ltda.


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