Corte le niega libertad condicional a María del Pilar Hurtado

La exdirectora del DAS cumple una condena de 14 años de prisión.
MARÍA DEL PILAR HURTADO
La exdirectora del DAS, María del Pilart Hurtado. Crédito: Colprensa

La Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión del pasado 7 de abril emitida por el Juez 5 de Ejecución de Penas, el cual negó la libertad condicional a la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado, condenada a 14 años por el escándalo de las chuzadas de ese organismo.

Hurtado había apelado esa decisión, pero la Corte concluyó que no había pruebas suficientes de su resocialización para concederle ese beneficio.

La Corte concluyó que: “No obra en el proceso ningún acto de contrición o arrepentimiento que devele que la procesada ha obrado la finalidad resocializadora”.

En su momento el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas también concluyo que no había pruebas para beneficiar a Hurtado con una libertad condicional.

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En esa oportunidad el juzgado revisó documentos del Inpec y del Cantón Norte, donde se encuentra recluida la exfuncionaria del Gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe.

La exdirectora del DAS fue condenada a 14 años de prisión en abril de 2015 por su participación y responsabilidad en los seguimientos e interceptaciones ilegales adelantadas a periodistas, magistrados de la Corte Suprema y políticos de oposición al entonces Gobierno de Uribe Vélez.

Hurtado fue condenada por los delitos de violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública, concierto para delinquir, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público.

En julio pasado, el Consejo de Estado dejó en firme la sanción disciplinaria que impuso la Procuraduría en el 2010 en contra de la exfuncionaria.

Ese fallo la sancionó con una destitución e inhabilidad de 18 años para ejercer cargos públicos, al ser encontrada como responsable de las órdenes de seguimientos ilegales de las que fueron objeto los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, la entonces senadora Piedad Córdoba, el abogado y exdirector del DAS Ramiro Bejarano, además del ciudadano Ascencio Reyes entre el 30 de agosto de 2007 y el 22 de octubre de 2008.

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La decisión del Consejo de Estado se tomó al rechazar un recurso que había interpuesto Hurtado contra esa decisión de la Procuraduría en búsqueda de una millonaria indemnización.

Hurtado aseguraba que el fallo en su contra se había emitido con valoración: “Tendenciosa de algunas pruebas, dejando de practicar otras a su favor", en otras palabras, para Hurtado, con el fallo de la Procuraduría “se le violó su derecho al debido proceso, al no describirse suficientemente las conductas por las cuales se le investigó”.


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