Corte le advierte al Inpec que debe garantizar atención a reclusos con trastornos mentales

La Corte Constitucional, le ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario que brinde la atención integral a los reclusos que son diagnosticados con problemas de trastornos mentales o interdictos, al considerar que esta población necesita especial atención en salud.
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Colprensa.

De acuerdo con la sentencia del alto tribunal, debe prevalecer los derechos al acceso del sistema de salud independientemente de la entidad prestadora de salud a la que se encuentren afiliados y por lo tanto no podrán generarse obstáculos para que sean atendidos.

La tutela estudiada por la Corte Constitucional está relacionada con la de un recluso quien estaba afiliado a la Nueva EPS y recibía un tratamiento para sus problemas de salud mental, sin embargo, cuando fue recluido en la cárcel lo desafilaron e ingresaron en los servicios de salud de Caprecom en liquidación.

Esta situación generó traumatismos en la atención del recluso, ya que la EPS advirtió que no podía seguir brindando los servicios al encontrarse afiliado a otro régimen.

“No es admisible para esta Corte que con la implementación de un modelo de salud se pongan en riesgo los derechos a la vida en condiciones dignas y a la integridad del recluso, sino que, por el contrario, en su ejecución se debe dar aplicación a los postulados constitucionales y legales predicables de este derecho fundamental, señala la sentencia.

Ante estos hechos, la Corte Constitucional le ordenó al Inpec que afilie nuevamente al recluso, declarado interdicto judicialmente por discapacidad mental absoluta, para que reciba atención integral como es su deber y así preservar los derechos fundamentales de quienes están privados de la libertad.


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