Corte Constitucional da vía libre a Fuero Penal Militar

La Corte Constitucional señaló que las normas que rigen el fuero penal militar se deben mantener tal cual están, pues no desconocen la defensa de los Derechos Humanos.
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Crédito: La FM

La votación de la discusión fue de 8 a favor y 1 en contra. Solo el magistrado Jorge Palacio no estuvo de acuerdo en mantener las directrices que actualmente regulan el fuero penal militar.

Sin embargo, el alto tribunal consideró que los reglamentos tanto de la justicia ordinaria como el de la justicia penal militar son complementarios, razón por la cual no se corre el riesgo de omitir sanciones por delitos en contra de los Derechos Humanos como los falsos positivos u homicidios.

El fuero permite que los uniformados sean procesados por jueces militares siempre y cuando este enmarcada la acción en el Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Con el aval de la Corte quedan ampliadas las competencias de los tribunales castrenses para juzgar crímenes contra civiles.

No obstante, el fuero no cobija a los militares involucrados en ejecuciones extrajudiciales, conocidas como falsos positivos.

El fuero ha despertado numerosas críticas nacionales e internacionales que consideran que con el mismo se debilita la independencia e imparcialidad del poder judicial.

En el 2012 el Gobierno impulsó otro proyecto que reformaba el sistema de justicia penal militar, que posteriormente fue declarado inconstitucional por la Corte Constitucional por vicios de trámite.


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