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Corte aprueba habeas corpus para exguerrilleros que no logren libertad vía amnistía

La norma dice que se debe garantizar la libertad frente a eventuales omisiones o dilaciones injustificadas.

Actualizado:
Viernes, Junio 1, 2018 - 13:26
Sala Plena de la Corte Constitucional
Colprensa
Sala Plena de la Corte Constitucional

La sala plena de la Corte Constitucional dio vía libre al decreto 700 de 2017 emitido por el Gobierno, que permite a los exguerrilleros y militares que se sometan a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) interponer el recurso de habeas corpus en busca de su libertad, en casos en que ésta no se dé por cuenta de una amnistía o indulto.

Dicha norma fue expedida el 2 de mayo de 2017 y establece textualmente: "la posibilidad de interponer la acción de habeas corpus en casos de prolongación indebida de la privación de la libertad derivados de la no aplicación oportuna de la Ley 1820 de 2016", conocida como la ley de amnistía e indulto en el marco del proceso de paz.

Según el decreto, si el trámite de la libertad condicional bajo la ley de amnistía e indulto supera los 10 días que se fijó para tomar una decisión, se estaría incurrieron en una privación injusta de la libertad.

"Con el propósito de facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo del Acuerdo Final, es necesario garantizar la primacía del derecho a la libertad individual frente a eventuales omisiones o dilaciones injustificadas en el trámite de las solicitudes de libertad condicionada", señala el decreto.

Cabe señalar que los exguerrilleros y militares que deseen la libertad condicionada en el marco de los acuerdos, deben haber permanecido por lo menos cinco años privados de la libertad, siempre y cuando adquieran el compromiso de comparecer a la Jurisdicción Especial para la Paz.

Fuente:
RCN Radio