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Consejo de Estado dejó en firme la extradición de Álvaro Córdoba

El Consejo de Estado negó una tutela en defensa al hermano de Piedad Córdoba.

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Actualizado:
Viernes, Enero 6, 2023 - 09:32
Álvaro Córdoba
Álvaro Córdoba
Colprensa

El Consejo de Estado dejó firme la extradición de Álvaro Córdoba, luego de negar la tutela presentada por la defensa del hermano de la senadora Piedad Córdoba, con la que pretendía anular la solicitud de extradición a Estados Unidos por delitos relacionados con narcotráfico. 

La demanda pedía que se anulara la decisión de enviar al señalado a responder ante la justicia norteamericana, bajo el argumento de una supuesta vulneración a los derechos fundamentales del procesado.

Sin embargo, el Consejo de Estado respondió que todos los procedimientos respondidos por la Corte Suprema, se realizan con la normativa de la Constitución. 

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La defensa de Córdoba alegaba que la solicitud de extradición no era válida, pues recalcaban que el delito de concierto para importar narcóticos fue realizado en territorio colombiano, pero el tribunal recordó que la conducta no solo se investiga según el lugar donde se materializa el delito. 

"Dada la conducta penal reprochada, no se trata únicamente de la ubicación del sujeto activo al momento de la comisión de la conducta, como lo pretende hacer ver la parte actora, sino del lugar donde esta se materializa, siendo en el asunto bajo estudio, en los Estados Unidos de América", explica el documento. 

Los abogados del implicado también cuestionaron la solicitud que hizo Estados Unidos, mencionando que este tipo de peticiones no deben ser tenidas en cuenta pues los crímenes cometidos deben ser investigados por la justicia colombiana.

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En ese sentido, el Consejo de Estado respondió que "la decisión de extradición del señor Álvaro Fredy Córdoba Ruiz a los Estados Unidos de América se encuentra motivada en la facultad privativa que tiene el gobierno para decidir acerca de su conveniencia o no, previo concepto favorable de la Corte Suprema de Justicia, tal como lo determina el artículo 492 de la Ley 906 de 2004".

Esta decisión fue tomada en primera instancia, por lo que la defensa del señalado aún puede apelar esta decisión para evitar ser enviado ante la justicia estadounidense. 

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Fuente:
Sistema Integrado de Información