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Caso UNGRD: Corte Suprema dice que César Manrique debe ser procesado por un juez, no por el Tribunal de Bogotá

La Corte determinó que César Manrique no tenía fuero como exdirector de la Función Pública al momento de su participación en el desvío de millonarios contratos.

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Actualizado:
Viernes, Junio 13, 2025 - 18:30
Cesar Manrique
Cesar Manrique.
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia resolvió el conflicto de competencias en el proceso contra César Manrique y advirtió que el caso contra el exdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, le compete a la Fiscalía, en este sentido, al juzgado 66 de garantías de Bogotá en Paloquemao y no al Tribunal Superior de Bogotá.

Esta decisión se dio tras el conflicto de competencias alegadas por la defensa, quien argumentó que las conductas imputadas por el direccionamiento de contratos dentro de la UNGRD se dieron cuando su cliente ocupaba el cargo y gozaba de su fuero. En contraste, la Sala de Casación Penal concluyó que las conductas cometidas por Manrique fueron "en el marco de acuerdos informales, de índole personal o político, con directivos de la UNGRD y la Agencia Nacional de Tierras. 

El Caso

Cesar Manrique Soacha había participado presuntamente en el entramado de corrupción dentro de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, (UNGRD). Concretamente, el exdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, entre el 24 de agosto de 2022 y el 4 de noviembre, en desempeño de su cargo, habría intervenido, supuestamente, en el marco de acuerdos informales, de índole personal o político, con otros funcionarios de la UNGRD y la Agencia Nacional de Tierras en los contratos de carrotanques, plantas desalinizadoras, pozos o tanques de almacenamiento, en relación con la adjudicación irregular de contratos en favor de particulares.

La Fiscalía le imputó a Manrique los cargos de concierto para delinquir agravado, interés indebido en la celebración de contratos y otros delitos que se habrían cometido dentro del entramado de corrupción dentro de la UNGRD.

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Sin embargo, en el marco del conflicto de competencias, su defensa judicial señaló en audiencia que algunas de las conductas imputadas a Manrique las cometió cuando ocupaba su cargo y que con ocasión a su fuero constitucional, el proceso recaería a la Corte Suprema de Justicia y no a la Fiscalía. Por tanto, el juez de control de garantías tendría que ser el Tribunal Superior de Bogotá y no el juzgado 66.

En este sentido, la Sala de Casación Penal concluyó que las conductas no fueron cometidas en ocasión de su cargo, sino que "por el contrario, los hechos relatados en la imputación sugieren que su intervención se habría concretado en el marco de acuerdos informales, de índole personal o político, con directivos de la UNGRD y la Agencia Nacional de Tierras, encaminados al direccionamiento de procesos contractuales y al eventual recibo de dádivas derivadas de tales gestiones irregulares”, dijo la Sala.

Así las cosas, los magistrados consideraron que el conocimiento del caso corresponde al Juzgado 66 Penal Municipal con Función de Control de garantías. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información