Presidente de la Cámara y la sanción que recibió él y su hermano

Andrés Calle comandará la Cámara en este periodo legislativo y Gabriel Calle aspira a la Gobernación de Córdoba.
Andrés Calle, representante liberal
Crédito: Prensa Partido Liberal

El representante liberal Andrés Calle, quien fue elegido presidente de la Cámara de Representantes y su hermano Gabriel Calle, quien es candidato a la Gobernación de Córdoba, están envueltos en una polémica en su región por una sanción que les interpuso la Corporación Regional de los Valles del Sinú y San Jorge (CVS).

Dicha decisión se tomó con base en una investigación adelantada por esa entidad por la construcción de una obra antrópica en el humedal Furatena, en donde se habrían incumplido algunos acuerdos.

Según la resolución 3-0944, la sanción que fue confirmada implica una multa de 35 millones de pesos, además de que se otorga un plazo de dos meses para que se adelante un estudio para establecer si dicha obra hay que demolerla o no.

“Confirmar en todas sus partes la Resolución N° 3-0547 de fecha 15 de marzo del 2023, por la cual se resuelve una investigación administrativa de carácter ambiental en contra de los señores ANDRES DAVID CALLE AGUAS, identificado con cédula de ciudadanía N° 1.063.290.869, GABRIEL ENRIQUE CALLE AGUAS, identificado con cédula de ciudadanía N° 1.063.283.184, y la señora CARMEN MARIA AGUAS VILLALBA, identificada con cédula de ciudadanía N° 25.990.509, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de este acto administrativo”, señala el documento.

En el fallo se establece adicionalmente que se debe impulsar la reforestación de una hectárea de terreno con especies nativas además de promover la recuperación del ecosistema que fue afectado.

“Dado el caso que el estudio lo determine, proceder a la demolición de obra, la cual consiste en la destrucción a costa del infractor de una obra bajo parámetros técnicos establecidos por la autoridad competente en los casos a que hubiere lugar. La sanción de demolición de obra implica que el infractor deberá realizarla directamente y en caso contrario, será efectuada por la autoridad ambiental, quien repetirá contra el infractor por los gastos en que incurra mediante proceso ejecutivo. (Ley 1333 de 2009 artículo 46)”, dice la decisión.

Y añade: “Se requiere la reforestación de una (1) hectárea, lo que se obliga al a siembra de especies nativas bajo la naturaleza de bosques productivos protector que deberán ser registrados en la CVS, teniendo en cuenta que la fórmula es (625 árboles/hectárea), logrando con esto, que no se afecten en gran medida los sistemas naturales y que no estén en contraposición de conservar el humedal y sus componentes de flora y fauna, para lo cual tienen un término de (30) días calendarios”.

La resolución emitida por la corporación también plantea que se debe promover la recuperación de las funciones naturales del ecosistema que se vio afectado, a través de la intervención humana.

Andrés Calle sanción a Presidente de la Cámara
Andrés Calle y la sanciónCrédito: Cortesía
Andrés Calle sanción a Presidente de la Cámara
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