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Estas son las condiciones para que un estudiante pueda recibir clases virtuales en Colombia

En Colombia, la ley garantiza el acceso a la educación básica para todos los estudiantes, sin importar sus condiciones personales, sociales o geográficas.

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Jueves, Julio 31, 2025 - 20:31
Educación virtual
Normativa en Colombia permite estudio virtual para garantizar educación básica a todos los residentes, sin importar condiciones económicas.
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En Colombia, los colegios están obligados a garantizar el servicio de educación básica a todos los residentes y ciudadanos del país, sin importar sus condiciones económicas o sociales. Esto incluye asegurar el acceso a la educación, incluso si el estudiante presenta impedimentos para asistir de forma presencial.

Por esta razón, existe una normativa que permite el estudio virtual, aprovechando los avances tecnológicos, aun cuando la institución exija presencialidad. Para ello, el estudiante debe presentar alguna de las siguientes condiciones.

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Condiciones que permiten el estudio virtual

El Ministerio de Educación define la educación virtual o “educación en línea” como el desarrollo de programas de formación cuyo escenario de enseñanza y aprendizaje es el ciberespacio. Esto implica que no se requiere la coincidencia de cuerpo, tiempo y espacio para que ocurra una experiencia de aprendizaje, permitiendo la interacción sin un encuentro presencial entre profesor y alumno.

Educación virtual
Para el Ministerio de Educación, la educación virtual es una modalidad de enseñanza que se desarrolla en el ciberespacio, sin requerir presencia física del estudiante.
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En consecuencia, los estudiantes que cumplan con ciertos requisitos pueden acceder a la educación virtual: quienes vivan en zonas rurales de difícil acceso, presenten una condición de discapacidad (visual, motora o mental), o enfrenten circunstancias personales o sociales excepcionales que dificulten su asistencia a un aula física.

Asimismo, es importante recordar que, de acuerdo con el Decreto 1860 de 1994, en su artículo 4, todos los residentes tienen derecho a recibir al menos un año de educación preescolar y nueve años de educación básica.

Esta oferta educativa obligatoria debe ser proporcionada por instituciones estatales, privadas, comunitarias, cooperativas, solidarias o sin ánimo de lucro, con el fin de garantizar una educación integral que prepare a niños, niñas y adolescentes para etapas educativas posteriores y la vida adulta.

La normativa también contempla la posibilidad de ofrecer educación no presencial a adultos o personas con condiciones excepcionales.

Educación virtual
La normativa también contempla que los adultos tienen derecho a recibir educación virtual.
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Las facilidades que trae la reforma laboral

La reforma laboral, en vigencia desde el 25 de junio de 2025, permite que los trabajadores acompañen a sus hijos en los colegios cuando sea necesario, sin que esto genere repercusiones laborales.

Si bien la norma no vincula directamente esta medida con la reforma laboral, podría complementarla, facilitando el equilibrio entre el trabajo de los padres y la educación de sus hijos, especialmente si requieren acompañamiento en casa por las condiciones mencionadas.

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Esta es la nueva materia aprobada en el Senado de Colombia

La Comisión Sexta del Senado aprobó un proyecto de ley para incluir una nueva materia en los colegios, con carácter formativo y preventivo. Su objetivo es abordar conductas de riesgo y problemas que afectan el bienestar y desarrollo integral de la niñez, infancia y adolescencia.

Los contenidos variarán según el nivel académico, abarcando temas como el vínculo afectivo y el manejo de emociones en preescolar, hasta el proyecto de vida y la prevención de problemáticas psicosociales (como adicciones, violencia, ideas suicidas, entre otras) en educación básica.

Fuente:
Sistema Integrado Digital