Tasa de Usura aumenta a 28,98 %

Esto significa un 0.06 % mayor a la que regía en julio.
Fenalco propuso una reforma laboral.
Crédito: Cortesía

La Superintendencia Financiera informó que la Tasa de Usura que regirá en el mes de agosto será de 28,98 %. Esto significa un aumento del 0,06 %, con respecto a la que ha regido en el mes de julio, que está en el 28,92 %.

Según explicó el organismo de vigilancia, "para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente, que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos".

Sostuvo por tanto que, "la cifra, que para el período señalado, se sitúa en 28.98 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 6 puntos básicos (0.06 %) con respecto al periodo anterior 28.92 %".

La Superfinanciera también reveló que para el caso de los microcréditos, la tasa de usura que regirá hasta el 30 de septiembre, será del 55,14 %, mientras que para los créditos de bajo monto, este indicador será del 51,38 %.

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Según la página especializada en finanzas y gerencia, gerencie.com, "se considera usura la tasa de interés que se cobra por un crédito que supere el 50 % del interés corriente vigente para el periodo en cuestión".

Señala por tanto, que esta tasa "es el límite máximo con el que un particular, el estado o una entidad financiera pueden cobrar por intereses sobre un préstamo".

"La tasa de usura, paradójicamente, en lugar de estar regulada por la legislación mercantil, lo está por la legislación penal, que en el artículo 305 del código penal la tipifica como delito", explica la publicación.


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