Conozca la fecha desde la cual se pagarán dominicales y días festivos al 100% con la reforma laboral

Estas son las fechas y los cambios que se aplicarán tras la sanción de la reforma laboral aprobada el pasado 25 de junio.
Trabajadores
Según el Gobierno, la reforma laboral busca dignificar los derechos de los trabajadores implementando cambios graduales para lograr un equilibrio con la sostenibilidad financiera de las empresas. Crédito: Freepik

El pasado 25 de junio fue sancionada la reforma laboral, cuyo objetivo es dignificar los derechos de los trabajadores. La medida contempla varios cambios, algunos de los cuales se aplicarán de forma gradual durante los próximos meses y años, a medida que entre en vigor la nueva ley.

Entre los beneficios que recibirán los trabajadores se destacan la adopción de contratos a término indefinido como regla general, la laboralización de los contratos de aprendizaje del Sena, y la formalización de las personas que manipulan alimentos en el Programa de Alimentación Escolar (PAE), entre otros.

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Uno de los cambios introducidos por la reforma es el pago del recargo nocturno desde las 7:00 p.m. (actualmente se paga a partir de las 9:00 p.m.). Así mismo, los recargos dominicales y festivos se pagarán al 100 %, en lugar del 75 % anterior. Esta modificación se aplicará de manera gradual.

Trabajadores nocturnos
El horario nocturno comenzará a regir a partir de las 7:00 p.m.Crédito: Freepik

¿Desde cuándo se pagarán los dominicales y festivos al 100 %?

A partir del 1 de julio de 2025, el recargo por laborar domingos y festivos se calcula con un incremento del 80 % sobre el valor de la hora trabajada. El aumento al 100 % se aplicará progresivamente, según el siguiente cronograma:

  • 1 de julio de 2025: se aumentó al 80 %
  • 1 de julio de 2026: se aumentará al 90 %
  • 1 de julio de 2027: se aumentará 100 %

La medida aplica para pequeñas, medianas y grandes empresas, sin importar el sector económico. Las organizaciones que lo deseen podrán implementar el recargo completo antes de la fecha obligatoria.

¿Desde cuándo comenzará el recargo nocturno a las 7:00 p.m.?

El cambio en el inicio de la jornada nocturna regirá desde el 1 de enero de 2026. A partir de esa fecha, quienes trabajen entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m. recibirán un recargo del 35 % sobre cada hora laborada.

Este ajuste impacta principalmente a sectores como vigilancia, entretenimiento nocturno, transporte, salud, comercio y call centers, donde el trabajo en ese horario es frecuente.

Trabajadores nocturnos
Actualmente la jornada nocturna comienza a las 9:00 p.m. Con la reforma laboral, comenzará a las 7:00 p.m.Crédito: Freepik

Preocupaciones de los gremios

Gremios como Fenalco (Federación Nacional de Comerciantes), Acopi (Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) y la Andi (Asociación Nacional de Empresarios de Colombia) han manifestado su preocupación por el posible incremento en los costos laborales, que podría afectar a las pequeñas y medianas empresas, llevándolas a reducir sus operaciones o incluso a cerrarlas.

El Gobierno Nacional ha respondido que las medidas se aplicarán de forma gradual, con el propósito de equilibrar la protección de los derechos laborales y la sostenibilidad empresarial.

Otros cambios que trae la reforma laboral

Los contratos a término fijo se convertirán en indefinidos una vez el trabajador cumpla cuatro años continuos en la organización.

Asimismo, el empleador estará obligado a otorgar licencias para asistir a citas médicas, de urgencia o con especialistas, siempre que estén programadas previamente. También se contemplan licencias menstruales, las cuales requerirán un dictamen médico que justifique la ausencia.

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Los trabajadores podrán ausentarse para asistir a actividades escolares cuando actúen como acudientes y hayan sido requeridos por la institución educativa. Lo mismo aplica en caso de citaciones judiciales o administrativas.

Finalmente, las empresas deberán contratar al menos dos personas con discapacidad por cada 100 empleados. En organizaciones con 500 o más trabajadores, se exigirá incorporar una persona con discapacidad adicional por cada 100 empleados que superen ese umbral.


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