La declaración de renta es obligatorio para las personas que son citadas por la DIAN. Si se incumple esta obligación, la entidad puede generar multas millonarias dependiendo de cada caso. Pero es importante resaltar que ante la contingencia del terremoto, la Dian flexibilizó algunas fechas en las zonas más afectadas.
Con estas nuevas fechas, son 308.000 mil contribuyentes los beneficiados. El director de la entidad, Andrés Felipe Velásquez Reyes, explicó que las seccionales afectadas agrupan cerca del 14% del total de los declarantes del país. Además, dijo que se espera que entre octubre y noviembre, se recaude al menos $213.000 millones de obligaciones programadas.
Por ejemplo, en el Cauca, el beneficio que está mediante el Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026, aplica solo para personas naturales y sucesiones ilíquidas que tenían registrado su domicilio fiscal en municipios que pertenezcan a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Popayán y cuyo NIT terminen entre el 01 y 26 con corte del 10 de agosto de 2026.

¿De cuánto es la multa para lo pensionados que no declaren renta este 2026?
$524.000 en 2026, una multa que se aplica incluso si el saldo a pagar es cero o si el retraso es de solo un día.
Depende de cada caso:
Sanción por extemporaneidad (declarar tarde): Si presenta la declaración por voluntad propia fuera de plazo, la multa es del 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso. Si no tiene impuesto a pagar, la sanción se calcula sobre sus ingresos brutos o patrimonio.
Sanción por no declarar (si la DIAN lo descubre): Si la autoridad fiscal lo requiere por no presentar la declaración estando obligado, la multa puede ascender al 20 % de sus consignaciones bancarias o de sus ingresos brutos del periodo investigado.
Intereses de mora: A cualquiera de estas multas se le suman los intereses diarios por los días de retraso en el pago del impuesto.

¿Cuándo está obligado a declarar un pensionado?
Debe cumplir con al menos uno de estos topes durante el año gravable:
- Ingresos brutos: Si sus ingresos totales (sumando pensión, arriendos, etc.) superan los 1.400 UVT (equivalentes a $65.891.000 en el año).
- Patrimonio: Si el valor total de sus bienes (casa, carro, ahorros) es igual o superior a 4.500 UVT (equivalentes a $224.096.000).
- Consumos o consignaciones: Si los movimientos de sus cuentas bancarias o compras con tarjeta de crédito superan los 1.400 UVT ($65.891.000).
¿Qué pasa si un pensionado no presenta la declaración de renta?
Si una persona está obligada a declarar y no cumple con esta obligación, la DIAN puede imponer sanciones económicas, cuyo monto depende de las circunstancias de cada caso.
¿Cuánto puede pagar un pensionado por declarar renta tarde?
La sanción por extemporaneidad corresponde al 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso cuando la persona presenta la declaración por voluntad propia fuera del plazo establecido.
¿Qué otros cobros pueden aplicarse por el retraso?
Además de las sanciones correspondientes, pueden sumarse intereses de mora por los días de retraso en el pago del impuesto, de acuerdo con las condiciones aplicables a cada caso.