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"Las sanciones no ocurren de manera deliberada": Dian explica la polémica por cierre del Éxito

La entidad destacó que las sanciones relacionadas con la facturación se aplican siguiendo un estricto apego al debido proceso.

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Actualizado:
Martes, Enero 2, 2024 - 16:38
Éxito
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que durante el año 2023 se impusieron 355 sanciones de cierre a nivel nacional a establecimientos comerciales debido a diversas irregularidades en el proceso de facturación. 

Aproximadamente el 25% de estas sanciones tuvieron lugar en la capital colombiana, afectando a diversos sectores comerciales, locales en centros comerciales y grandes superficies. El caso más reciente se registró en el centro comercial Unicentro en Bogotá, cuando la Dian tomó medidas sorpresivas al cerrar la tienda Éxito en Unicentro, esta medida fue efectuada del 26 hasta el 29 de diciembre de 2023,  generó sorpresa y debate entre la comunidad y los visitantes del centro comercial.

La DIAN aclaró que este sellamiento y otros, se da luego de visitas realizadas en 2023, identificando que algunos establecimientos presentaban sistemáticas irregularidades en el proceso de facturación, mientras que otros, obligados por ley, no emitían facturas electrónicas de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario (ET).

"Las sanciones de cierre no ocurren de manera deliberada. Al contrario, son el resultado de una serie de etapas y tiempos establecidos que la entidad cursa con riguroso sustento jurídico y probatorio", indicó la DIAN

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En esa misma línea la entidad destacó que las sanciones relacionadas con la facturación se aplican siguiendo un estricto apego al debido proceso, respetando cada una de las etapas establecidas en el ET:

  • Visita de Control: La DIAN realiza una visita inicial para verificar que el establecimiento expida factura electrónica, cuando corresponda, y cumpla con todos los requisitos de ley (Artículo 653 del ET).
  • Pliego de Cargos: En caso de detectar irregularidades, la DIAN formula un pliego de cargos, permitiendo al establecimiento responder y exponer los motivos ante el posible incumplimiento, con un plazo de 10 días hábiles.
  • Análisis y Descargos: Basada en evidencias y explicaciones proporcionadas, la DIAN puede descartar o confirmar la sanción de cierre del establecimiento, sin exceder los seis meses.

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  • Resolución y Sanción: Si los cargos se confirman, la DIAN emite una resolución sancionando al establecimiento con un cierre de tres días. Se conceden 10 días hábiles para interponer un recurso de reposición.
  • Recurso y Fallo: El recurso debe ser analizado y resuelto en un máximo de 10 días hábiles. Si se confirma la sanción, el cierre se ejecuta en los siguientes 10 días hábiles.

El Estatuto Tributario también permite que los establecimientos que incumplen con los requisitos de facturación pueden acogerse al pago de una multa, evitando el cierre. La multa se impone sobre los ingresos brutos operacionales del contribuyente en el mes anterior a la visita que originó el proceso.

La DIAN subraya que las sanciones de cierre no son deliberadas, sino el resultado de un proceso rigurosamente respaldado jurídica y probatoriamente. Invita a los establecimientos a cumplir con sus obligaciones tributarias y a la ciudadanía a exigir la factura electrónica.

Fuente:
Sistema Integrado de Información